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AVISO AL PRODUCTOR

Actualización del RENSPA: qué productores están obligados y cuáles quedan exceptuados

La medida contempla situaciones particulares para establecimientos con bovinos o bubalinos en zonas de vacunación contra la aftosa. Hay tiempo hasta fines de octubre.

PorTendencia de noticias
18 oct, 2026 08:57 p. m. Actualizado: 18 oct, 2026 08:57 p. m. AR
Actualización del RENSPA: qué productores están obligados y cuáles quedan exceptuados

Los productores agropecuarios inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) tienen hasta el 28 de octubre para actualizar sus datos, cuando haya transcurrido más de un año desde su inscripción o desde la última modificación registrada. El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) recordó que la gestión puede completarse por internet o de manera presencial.


La convocatoria busca que el organismo disponga de información confiable sobre los establecimientos y las actividades que desarrollan. Mantener esos datos al día permite mejorar la gestión sanitaria y contar con un registro que refleje la situación vigente de la producción agropecuaria.


La obligación está contemplada en la Resolución 679/2026. El criterio para determinar quiénes deben cumplirla es el tiempo transcurrido desde el alta o la última actualización: alcanza a los inscriptos que superen el año sin renovar su información en el sistema del SENASA.


Una vez vencido el plazo, el organismo podrá dar de baja los RENSPA que no hayan cumplido con la actualización requerida. Esa posibilidad no impide que, posteriormente, sus titulares soliciten la reactivación de la inscripción mediante el procedimiento establecido por el servicio sanitario.


Quiénes están exceptuados y cómo realizar la gestión


La medida contempla una excepción para los titulares de RENSPA con bovinos o bubalinos ubicados en zonas donde se vacuna contra la fiebre aftosa. Para quedar comprendidos, deben cumplir con la Declaración Jurada de Otras Especies durante el acto vacunal y tener acreditada la actualización de sus datos mediante los registros de vacunación incorporados al Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).


Cuando se cumplen esas condiciones, no hace falta iniciar otro trámite de actualización del RENSPA. La información ya habrá sido incorporada y validada durante la campaña de vacunación, por lo que el productor no deberá repetir esa gestión.


La excepción, sin embargo, mantiene una obligación central: declarar todas las especies y actividades pecuarias del establecimiento. Además, los titulares deben actualizar esa información cada vez que se produzcan modificaciones. También continúan exceptuadas de la medida las actividades no tradicionales de carácter no productivo, como zoológicos, parques y establecimientos afines.


Para quienes deban realizar la actualización, una alternativa es la autogestión completamente digital. El acceso se efectúa con Clave Fiscal a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), desde donde se ingresa al sistema RENSPA para completar la información correspondiente.


La otra opción es concurrir a la oficina local del SENASA que corresponda a la jurisdicción donde se encuentra el establecimiento productivo. Tanto en la modalidad presencial como en la digital, los datos declarados quedan sujetos a las verificaciones del organismo antes de su incorporación definitiva al registro.


Para consultar los requisitos y despejar dudas antes del vencimiento, los productores pueden ingresar al sitio del RENSPA, escribir a consultasrenspa@senasa.gob.ar o comunicarse con los referentes de los centros regionales del SENASA. Esas vías permiten conocer cómo cumplir con la actualización según la situación de cada establecimiento.

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