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EL DESTINO DE LA BASURA

Moviser redobla la ofensiva y pide anular multas por más de $112 millones en la gestión de los residuos

La ex concesionaria del sistema presentó un recurso ante la Justicia contencioso-administrativa para dejar sin efecto sanciones dictadas después de la finalización del contrato. Denuncia “arbitrariedad administrativa”.

PorTendencia de noticias
09 mar, 2026 07:41 p. m. Actualizado: 09 mar, 2026 07:41 p. m. AR
Moviser redobla la ofensiva y pide anular multas por más de $112 millones en la gestión de los residuos

El conflicto judicial y administrativo entre la empresa Moviser SRL y el Consorcio Público Metropolitano para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) sumó un nuevo capítulo. La firma que hasta abril de 2025 operó el sistema metropolitano de tratamiento de residuos presentó un recurso en el fuero contencioso-administrativo con el objetivo de anular las multas que el organismo le aplicó por más de $112 millones, al considerar que fueron dictadas cuando el vínculo contractual ya estaba extinguido.


La presentación, patrocinada por el abogado Augusto Martín Bruchmann, apunta contra una serie de resoluciones administrativas que derivaron en sanciones económicas contra la empresa. En particular, cuestiona la Resolución Nº 004/25 del Consejo de Administración del Consorcio GIRSU, mediante la cual se rechazó el recurso jerárquico de la compañía y se ratificaron las penalidades previamente impuestas.


Para Moviser, ese acto administrativo constituye un caso de “arbitrariedad manifiesta”, ya que -según sostiene- el Consorcio habría ejercido potestades sancionatorias cuando ya no tenía competencia para hacerlo.


Uno de los ejes centrales del planteo judicial es la fecha de finalización del contrato. La empresa sostiene que la relación contractual concluyó el 30 de abril de 2025, luego de un proceso licitatorio que derivó en el cambio de operador del sistema.

Hasta ese momento, Moviser tenía a su cargo la operación integral del servicio: la clasificación de residuos en la planta de San Felipe, la disposición final en Overo Pozo y el traslado de los desechos desde distintos municipios del área metropolitana.


A partir del 1 de mayo -argumenta la compañía- el vínculo jurídico quedó extinguido y, por lo tanto, el Consorcio perdió la potestad de aplicar sanciones vinculadas con ese contrato.


En ese sentido, el recurso plantea que las resoluciones cuestionadas fueron dictadas con posterioridad a esa fecha, lo que configuraría un vicio de incompetencia funcional. “La potestad sancionadora en los contratos administrativos tiene una finalidad correctiva y coercitiva destinada a garantizar el cumplimiento del contrato; una vez extinguido el vínculo, esa potestad se agota”, sostiene la demanda.


Persistir en su ejercicio -añade- convierte la sanción en un castigo meramente punitivo, ajeno al interés público que debe guiar la actuación administrativa.


El origen de la controversia se remonta a un episodio ocurrido en la planta de disposición final de Overo Pozo, donde la caída de un rayo afectó el funcionamiento de una báscula utilizada para el control del peso de los residuos ingresados.


El Consorcio GIRSU atribuyó a la empresa responsabilidad por ese incidente, bajo el argumento de que el contrato establecía obligaciones de resultado y un régimen de responsabilidad objetiva.


Moviser rechaza esa interpretación y sostiene que el hecho constituye un caso fortuito o de fuerza mayor, circunstancia que -de acuerdo con el artículo 1730 del Código Civil y Comercial- interrumpe el nexo causal y exime de responsabilidad incluso en sistemas objetivos.


En la presentación judicial se afirma que no existió incumplimiento ni negligencia por parte de la empresa y que el equipamiento utilizado y las condiciones de operación del servicio eran adecuadas.


El recurso también incorpora un cuestionamiento más amplio a la conducta del Consorcio. Moviser sostiene que las sanciones fueron dictadas con una finalidad distinta a la prevista por la normativa administrativa: evitar el pago de las acreencias que el organismo mantiene con la empresa.


Según el planteo, las multas habrían sido “fabricadas” luego de la finalización del contrato con el objetivo de compensar o licuar de manera ilegítima los créditos reclamados por la firma.


Ese punto adquiere especial relevancia en el contexto de una deuda cruzada entre ambas partes. Mientras el GIRSU exige el pago de más de $112 millones en concepto de multas, Moviser reclama al Consorcio pagos pendientes por servicios prestados entre 2024 y 2025 que superarían los $1.900 millones.


“Resulta burdo que después de extinguido el contrato ese Consorcio pretenda fabricar ilegítimas acreencias en detrimento de créditos exigibles y consolidados”, advirtió Bruchmann en el escrito judicial.


El expediente ya comenzó a tramitar en la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán, que dio curso a la demanda de nulidad de acto administrativo y requirió al Consorcio que remita los expedientes vinculados a las resoluciones sancionatorias cuestionadas. La empresa, además, dejó planteada una reserva de caso federal, lo que abre la puerta a que el conflicto escale eventualmente hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


En paralelo, el conflicto también se dirime en otro expediente vinculado al proceso licitatorio que derivó en el reemplazo de Moviser como operadora del sistema. La Cámara en lo Contencioso Administrativo citó formalmente a la unión transitoria de empresas (UTE) Esur SA–Ciageser SA -actual adjudicataria del servicio- para que responda en la demanda por nulidad de la licitación promovida por la ex concesionaria.


La decisión judicial, adoptada en el marco del expediente 155/25 por el camarista Juan Ricardo Acosta, ordenó incorporar a la UTE como co-demandada y le otorgó un plazo de diez días para contestar la demanda.


El planteo de Moviser apunta a invalidar el proceso licitatorio impulsado por el Consorcio GIRSU en 2025 para la operación integral de las plantas de transferencia y disposición final de residuos en San Felipe y Overo Pozo, así como el traslado de la basura entre ambos predios. El contrato, con un presupuesto oficial estimado en más de $81.000 millones por cinco años, fue adjudicado a la UTE Esur–Ciageser luego de presentar una oferta de $68.142 millones, considerablemente inferior a la propuesta de Moviser, que ascendía a $103.968 millones.


La empresa cuestionó el procedimiento por presuntas irregularidades y por supuestas violaciones a los principios de publicidad, concurrencia e igualdad. Aunque la Cámara rechazó en mayo de 2025 el pedido de una cautelar para frenar la adjudicación -lo que permitió que la nueva operadora asumiera el servicio-, el fondo del reclamo aún debe resolverse.


Con la incorporación de la adjudicataria al proceso, la causa avanza hacia la discusión de fondo sobre la legalidad del procedimiento licitatorio. Mientras tanto, la UTE continúa prestando el servicio, en un escenario judicial que mantiene abiertos múltiples frentes de disputa entre la ex concesionaria y el organismo que administra el sistema metropolitano de residuos.

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