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REVÉS JUDICIAL

El exfiscal Carlos Albaca seguirá preso por encubrir el crimen de Paulina Lebbos

El máximo tribunal provincial consideró que la ejecución de la pena no es ilegítima y sostuvo que la condena ya se encuentra firme a los efectos procesales locales. Albaca había argumentado que su detención era arbitraria porque la causa aún tiene recursos en trámite ante la Corte Suprema de la Nación.

PorTendencia de noticias
09 mar, 2026 02:51 p. m. Actualizado: 09 mar, 2026 02:51 p. m. AR
El exfiscal Carlos Albaca seguirá preso por encubrir el crimen de Paulina Lebbos

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán rechazó un hábeas corpus presentado por el exfiscal Carlos Albaca, condenado por encubrimiento agravado en el crimen de Paulina Lebbos, y avaló la ejecución de la pena dispuesta en su contra.



En una resolución dictada el pasado viernes 6 de marzo de 2026, el máximo tribunal provincial resolvió “no hacer lugar a la acción de hábeas corpus” presentada por Albaca, quien cuestionaba su detención al sostener que la sentencia en su contra aún no se encontraba firme.


El planteo del exfuncionario judicial, quien fue condenado en 2021 a seis años de prisión por encubrimiento agravado, estaba dirigido contra decisiones de la Sala I de la Cámara Penal Conclusional y del Juzgado de Ejecución Penal, que dispusieron su detención para cumplir la condena.


Albaca, quien cumple su condena bajo el régimen de arresto domiciliario por razones de salud, argumentó ante la Corte que la medida era arbitraria porque la causa continúa en trámite en la jurisdicción federal, tras la presentación de recursos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


En su escrito, sostuvo que la detención se había dispuesto “sin que exista sentencia penal firme, cosa juzgada material ni firmeza constitucional”, por lo que consideró ilegítima la ejecución de la pena.



La respuesta de la Corte


La Corte tucumana descartó ese planteo y concluyó que la vía del hábeas corpus no era procedente para revisar decisiones adoptadas dentro del proceso penal.


El fallo del tribunal, que se conoció a las puertas de un nuevo juicio oral por el femicidio de Paulina Lebbos, recordó que este recurso constitucional está reservado para situaciones excepcionales.


En ese sentido, advirtió que “la admisión amplia e irrestricta del hábeas corpus contra decisiones jurisdiccionales significaría quebrar el buen orden en los pleitos y auspiciar la anarquía judicial”.


Según señalaron los jueces de la Corte en su sentencia, a la que Tendencia de Noticias tuvo acceso, el planteo de Albaca buscaba cuestionar una medida de coerción dictada para asegurar el cumplimiento de la condena.


Por ese motivo, consideraron que “la acción de hábeas corpus intentada tiene por objeto cuestionar una medida de coerción legítimamente dispuesta para asegurar el cumplimiento de la condena impuesta al denunciante”.


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La firmeza de la condena


Uno de los argumentos centrales de la defensa de Albaca era que la pena no podía ejecutarse porque la causa se encuentra a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


Sin embargo, la Corte de Tucumán sostuvo que la condena ya se encuentra firme dentro de la jurisdicción provincial.


Según explicó el fallo, la instancia local quedó agotada cuando el tribunal declaró inadmisibles los recursos extraordinarios federales.


“La resolución por la cual se declaró inadmisible los citados recursos extraordinarios determinó la firmeza de la condena impuesta al denunciante a los efectos procesales locales”, señaló el tribunal.


Además, los jueces recordaron que la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación no suspende la ejecución de la sentencia.


En ese punto, el fallo subraya que “la sola interposición de la queja ante la Suprema Corte Nacional carece de efectos suspensivos”.


La resolución lleva la firma de los magistrados Gustavo Romagnoli, Luis Morales Lezica y Stella Maris Arce, ante la excusación del presidente de la Corte, Daniel Leiva, y de los vocales Antonio Estofán, Claudia Beatriz Sbdar, Daniel Posse y Eleonora Rodríguez Campos.


El caso que sacudió a Tucumán


Albaca fue condenado por encubrimiento agravado en el marco de la investigación por el asesinato de Paulina Lebbos, la estudiante tucumana que desapareció en 2006 y cuyo cuerpo fue hallado semanas después en la localidad de Tapia.


El crimen generó una fuerte conmoción social en Tucumán y derivó en un extenso proceso judicial que expuso irregularidades en la investigación inicial e interpeló al poder político en la provincia, dejando bajo sospecha al exgobernador José Alperovich y a quienes integraban la cúpula de seguridad en aquellos años. Fue precisamente Alperovich quien le permitió a Albaca acceder al beneficio de una jubilación de privilegio con el 82% móvil en 2014 y esquivar el proceso de juicio político que se había presentado en su contra en la Legislatura.


Años más tarde, en un juicio oral realizado en 2019, Albaca fue condenado por haber participado en maniobras destinadas a encubrir a los responsables del crimen y entorpecer la investigación.


Con el rechazo del hábeas corpus por parte de la Corte provincial, la ejecución de la condena dispuesta en su contra continúa vigente.


La sentencia de la Corte se dio a conocer en un momento de gran trascendencia judicial, dado que este lunes comenzó el juicio oral contra César Soto, expareja de Paulia, quien acusado del homicidio, y de Sergio Kaleñuk, exsecretario privado de Alperovich, acusado de encubrimiento.

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