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JUSTICIA PROVINCIAL

Una acción colectiva pone bajo la lupa el traslado de impuestos a los usuarios en las facturas de la luz

Más de 530.000 usuarios residenciales podrían quedar alcanzados por una demanda que exige el cumplimiento de la Resolución 267/2024 y la eliminación del impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios en las boletas de EDET.

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24 feb, 2026 06:45 a. m. Actualizado: 24 feb, 2026 06:45 a. m. AR
Una acción colectiva pone bajo la lupa el traslado de impuestos a los usuarios en las facturas de la luz

La discusión por las tarifas eléctricas en Tucumán sumó un nuevo capítulo judicial. El 16 de febrero fue presentada ante la Justicia civil y comercial común una acción colectiva de consumo contra EDET S.A., la distribuidora de energía de la provincia, con el objetivo de exigir mayor transparencia en la facturación y el cese del traslado a los usuarios del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido como “Ley del Cheque”.


La demanda fue promovida por el Estudio Valdez y Asociados, en representación de la consumidora Juana Isabel Sedan de Neme y de la Federación de Organizaciones en Defensa de los Consumidores y Usuarios (FODECUS), encabezada por su presidente José García. El expediente quedó radicado en el Juzgado Civil y Comercial Común de la V Nominación.


El planteo se estructura sobre dos ejes normativos precisos. En primer lugar, el presunto incumplimiento de la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, autoridad de aplicación de la Ley 24.240, que establece que las facturas de servicios públicos deben contener exclusivamente los conceptos vinculados al servicio efectivamente prestado, con información clara, veraz y suficiente.


En segundo término, la acción impugna el traslado a los usuarios residenciales del impuesto creado por la Ley 25.413. Según los demandantes, el sujeto pasivo de ese tributo es la empresa prestadora y no el consumidor final, por lo que su inclusión en la factura resultaría incompatible con los artículos 4, 8 bis, 19 y 37 de la Ley de Defensa del Consumidor.


La acción colectiva se tramita bajo el mecanismo “opt out” previsto en el artículo 54 de la Ley 24.240. Esto implica que la eventual sentencia tendrá efectos expansivos (erga omnes) y alcanzará automáticamente a los más de 530.000 usuarios residenciales de Tucumán, salvo aquellos que manifiesten expresamente su voluntad de excluirse antes del dictado de la resolución definitiva.


Entre las medidas solicitadas se incluyen el cese inmediato de los cargos cuestionados, la readecuación y refacturación de los períodos alcanzados, la devolución retroactiva de las sumas percibidas sin causa, la declaración de ilegalidad del traslado impositivo y la imposición de daño punitivo conforme al artículo 52 bis de la Ley 24.240. También se pidieron órdenes estructurales para garantizar transparencia futura en la facturación y medidas cautelares de urgente tratamiento, fundadas en el carácter esencial del servicio eléctrico.


Desde el estudio patrocinante, el ex legislador Fernando Valdez señaló que “no se trata de un reclamo subjetivo, sino del estricto cumplimiento de normas nacionales que ya están vigentes y que protegen el derecho de los consumidores a recibir información veraz y a pagar únicamente por el servicio que se les presta”. FODECUS, como entidad legitimada colectivamente, encabeza la iniciativa con la intención de consolidar estándares mínimos de legalidad y previsibilidad tarifaria en un servicio considerado indispensable para la vida cotidiana y el desarrollo económico.


En paralelo, se lanzó la campaña educativa “Facturas Claras, Derechos que Valen”, orientada a informar a los usuarios sobre el alcance de la acción y el contenido de las normas invocadas. El caso, por su dimensión institucional y el volumen de usuarios involucrados, promete convertirse en uno de los procesos colectivos de mayor impacto provincial en materia de defensa del consumidor.

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