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Los legisladores debatirán la próxima semana la adecuación del Régimen Penal Juvenil. Foto: Legislatura de Tucumán.
La Legislatura de Tucumán debatirá este 30 de septiembre la adaptación del Régimen Penal Juvenil en la provincia. Además de las modificación técnicas y penales, el régimen especializado para el territorio tucumano pone especial énfasis en la reinserción social de los adolescentes condenados. Aún así, todavía debe ser aprobado por los legisladores.
El dictamen fue elaborado por la Comisión de Legislación General, presidida por Gerónimo Vargas Aignasse, y es el resultado de la coordinación con las autoridades de los tres poderes estatales. De esta forma, fija los derechos de las víctimas, habilita la creación de institutos para menores y establece mecanismos de resocialización.
Uno de los puntos centrales se relaciona con la ejecución del juicio. Este proceso podrá realizarse a puertas cerradas por pedido del acusado y estará dividido en dos etapas. En la primera fase, el tribunal únicamente resolverá sobre la existencia del hecho, su calificación legal y la declaración de responsabilidad penal. Una vez firme esta declaración, el fiscal deberá presentar un plan de reinserción social con una duración no menor a un año.
Cuando dicho plan se haya cumplido, se celebrará una audiencia de integración donde un magistrado distinto al que intervino en el juicio original definirá la imposición de la pena definitiva.

El desarrollo de estos proyectos de reinserción, que son denominados Plan Individual de Transformación Personal (PITP), contarán con la colaboración de un supervisor que acompañará al adolescente. Durante las reuniones para confeccionar el dictamen legislativo, las autoridades discutieron si esta figura debía ser administrada por el Poder Ejecutivo o el Judicial. Finalmente, el dictamen establece que serán designados exclusivamente por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.
Sanciones alternativas e institutos de menores
El proyecto también estipula una serie de medidas provisionales y excepcionales para evitar el encierro innecesario. En el artículo 402 se enumeran estas alternativas, que solo se aplicarían en el caso de que haya un riesgo de fuga o de entorpecimiento de la causa.
Según el dictamen, las medidas podrán consistir en la prohibición temporal de conducir vehículos y la retención del carnet de manejo; la prohibición de mantener contacto físico o virtual con la víctima o con testigos; la permanencia domiciliaria supervisada, ya sea con o sin tobillera; el alojamiento en dispositivos de régimen abierto durante los fines de semana o en franjas nocturnas; y la abstención del consumo de alcohol o estupefacientes bajo tratamiento ambulatorio; entre otras opciones.
El alojamiento provisorio en un centro cerrado de detención queda reservado exclusivamente como "última ratio" y no podrá exceder el plazo máximo de seis meses, con la posibilidad de una única prórroga excepcional. Además, el dictamen prohíbe de manera absoluta y tajante el alojamiento de menores en comisarías, dependencias policiales o establecimientos para personas adultas en cualquier instancia del proceso.

En ese sentido, los establecimientos especializados para menores deberán contar con personal capacitado, asegurar condiciones dignas de alojamiento y estar absolutamente separados de presos adultos. También deben permitir la continuidad educativa, la atención permanente de la salud física y mental, y el tratamiento de consumos problemáticos cuando corresponda.
Para cumplir estas condiciones, el proyecto establece la creación del Instituto Especializado de Responsabilidad Penal Juvenil “Cura Brochero”. Esta institución será el establecimiento especializado integrante del Sistema Provincial de Ejecución Penal Juvenil. Si bien el Gobierno de Tucumán ya puso en funciones este establecimiento, el proyecto le otorgaría un marco legal específico. Además, se habilita la creación de nuevos institutos en el futuro.
En cuanto a la víctima, esta parte tendrá el derecho a ser informada y escuchada de manera previa al dictado de cualquier resolución que disponga salidas alternativas, archivos o modificaciones de la pena impuesta. Además, podrá acceder voluntariamente a procesos de mediación o acuerdos restaurativos, donde el menor infractor podrá ofrecer una justa reparación del daño adecuada a sus capacidades reales.
Qué pasará con los adolescentes condenados que cumplan la mayoría de edad
Finalmente, el régimen prevé un abordaje específico para aquellos jóvenes que alcancen la mayoría de edad mientras cumplen su condena. Con una antelación no inferior a 90 días al cumpleaños número 18, las autoridades deberán elaborar un "protocolo individual de transición".
Este mecanismo asegura que el eventual traslado a un penal de adultos no interrumpa los tratamientos, los estudios ni los vínculos familiares logrados. Por eso, es una adaptación del Plan Individual de Transformación Personal a las nuevas condiciones de alojamiento, sin convertirlo en un régimen meramente penitenciario.
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