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REFORMA INSTITUCIONAL Y AUTONOMÍA LOCAL

Impulsan un nuevo mapa político con la creación de ocho municipios en Tucumán

La legisladora opositora Raquel Nievas presentó una batería de proyectos para jerarquizar comunas rurales que por su peso poblacional y económico ya reúnen los requisitos legales para tener autonomía plena de cara a los comicios de 2027.

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Gabriel ToledoTendencia de noticias
28 jul, 2026 04:12 p. m. Actualizado: 29 jul, 2026 08:11 a. m. AR
 Impulsan un nuevo mapa político con la creación de ocho municipios en Tucumán

La estructura territorial de la provincia de Tucumán podría experimentar una transformación sin precedentes de aprobarse la serie de proyectos de ley elevados a la Cámara por la legisladora Raquel Nievas (Trabajando por Tucumán-foto inferior). La propuesta legislativa busca elevar al rango de municipalidad a ocho actuales comunas rurales, lo que ampliaría el mapa provincial de los actuales 19 municipios a un total de 27. Según los fundamentos de la iniciativa, este cambio no persigue una creación artificial, sino el “reconocimiento institucional de una realidad demográfica, urbana, económica y social consolidada que reclama una organización política acorde con su dimensión, complejidad y necesidades actuales”.


De acuerdo con los datos resultantes del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022, los proyectos establecen categorías diferenciadas para cada jurisdicción según su magnitud poblacional:


  • Segunda Categoría: Se encuadran bajo este rango El Manantial (Departamento Lules), con 21.201 habitantes y 5.982 viviendas; San Pablo y Villa Nougués (Departamento Lules), con 16.123 habitantes y 4.652 viviendas; y Santa Ana (Departamento Río Chico), que registra 15.009 habitantes y 4.399 viviendas particulares.

  • Tercera Categoría: En este escalafón se ubican León Rougés y Santa Rosa (Monteros) con 9.935 habitantes; Río Seco (Monteros), que cuenta con una población de 7.630 personas y 2.168 viviendas particulares; La Trinidad (Chicligasta) con 7.135 habitantes; Alto Verde y Los Guchea (Chicligasta) con 6.852 habitantes; y Los Sarmientos y La Tipa (Río Chico) con 6.764 habitantes.


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Cada proyecto resalta la identidad propia de las comunidades. Por ejemplo, se destaca la importancia histórica de León Rougés, en cuyo territorio se encuentran los vestigios de Ibatín, sitio donde se fundó la primera ciudad de San Miguel de Tucumán en 1565. En el caso de Santa Ana, se subraya su relevancia vinculada a su ingenio azucarero, que fue “el más grande de Sudamérica hasta el momento el cierre definitivo en 1966”.


Para Río Seco, los fundamentos destacan su “fuerte arraigo territorial y una marcada identidad local”, señalando que su evolución histórica está estrechamente unida a las actividades agropecuarias y agroindustriales regionales, consolidándose como un centro poblacional con crecimiento sostenido.


Por otro lado, El Manantial y San Pablo son descritos como comunidades integradas al área metropolitana con una dinámica social y urbana que excede las posibilidades de un régimen comunal. Para La Trinidad, se resalta el “fuerte arraigo territorial, instituciones propias y una marcada identidad colectiva” forjada por décadas de actividad azucarera.


Estructura legislativa común


Los ocho proyectos comparten un articulado idéntico en sus aspectos operativos para garantizar una transición ordenada. En todos los casos, el Artículo 3° dispone que el Registro Civil implemente las medidas para que los residentes realicen la “actualización de sus domicilios conforme a lo establecido en la presente ley”. Asimismo, el Artículo 5° establece que el Poder Ejecutivo deberá convocar a elección de autoridades municipales conjuntamente con los comicios generales de 2027.


Para coordinar la puesta en marcha, el Artículo 8° crea una Comisión Especial de Implementación y Transición Institucional que será presidida por la autora de la iniciativa más el Presidente de la Comisión de Asuntos Municipales y Comunales de la Cámara (Roberto Moreno); el Presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto (Carlos Gallia) y cuatro legisladores designados por la Presidencia del cuerpo que recae en Miguel Acevedo. Hasta tanto asuman las nuevas autoridades, el Artículo 10° aclara que las actuales Comunas Rurales continuarán “ejerciendo las competencias administrativas y prestando los servicios públicos a su cargo”.


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Nievas fundamenta su pedido en el artículo 123 de la Constitución Nacional, que impone asegurar la autonomía municipal. Cita además a destacados autores para reforzar la necesidad de descentralizar el poder. Se menciona a Alfredo Poviña, quien definió al municipio como una “verdadera 'forma de la democracia y sustento de la libertad'”. También se apoya en Salvador Dana Montaño, para quien el municipio es una “entidad política de existencia necesaria”, subrayando que no es una mera creación administrativa sino una institución inherente a la vida comunitaria.


Finalmente, se destaca que el proyecto busca fortalecer la democracia local frente a corrientes que propician la supresión de comunas. En palabras de la legisladora, se trata de reconocer el derecho de comunidades consolidadas a “definir sus prioridades de desarrollo y ejercer la conducción de sus intereses locales”.

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