
La reciente promulgación de la nueva Ley Orgánica de Tribunales por parte del gobernador Osvaldo Jaldo terminó de oficializar una de las reformas más debatidas del Poder Judicial tucumano. Aunque durante el tratamiento legislativo la discusión pública se concentró en los cambios estructurales y en las facultades que adquiere la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, en los despachos judiciales sostienen que la modificación responde a un problema concreto: el creciente cuello de botella que se generó en la segunda instancia del fuero Civil y Comercial Común.
Un documento interno de la Corte al que accedió Tendencia de Noticias muestra que la reforma surge a partir de los resultados obtenidos durante los últimos años en los fueros no penales, donde la implementación de políticas de modernización produjo una transformación profunda en el funcionamiento de los tribunales. Según el texto, la incorporación de la oralidad, la digitalización integral de los expedientes, la ampliación de la cantidad de magistrados y la puesta en marcha de las Oficinas de Gestión Asociada (OGA) permitieron acelerar significativamente la resolución de causas en primera instancia.
Los números que manejan en el máximo tribunal muestran la magnitud del cambio. Entre agosto de 2021 y mayo de 2026, la mora en el dictado de sentencias definitivas en primera instancia del fuero Civil y Comercial Común se redujo un 99,82%. En términos concretos, las sentencias vencidas pasaron de 564 a apenas una. Paralelamente, la productividad judicial registró un crecimiento sostenido: mientras en 2020 se dictaron 919 sentencias definitivas, en 2025 esa cifra alcanzó las 2.473.
Sin embargo, la modernización generó un efecto colateral. La aceleración de los procesos en los juzgados de primera instancia incrementó de manera notable la cantidad de recursos que llegaron a la Cámara Civil y Comercial Común. Allí, advierten las mismas fuentes, comenzó a evidenciarse una acumulación de expedientes que terminó produciendo el fenómeno inverso al observado en los juzgados.
Mientras la mora prácticamente desaparecía en la base del sistema, en la segunda instancia las sentencias definitivas vencidas crecieron un 126,16% en el mismo período. Los registros internos muestran que pasaron de 172 a 389 fallos pendientes, configurando un escenario de saturación que comenzó a preocupar a las autoridades judiciales. Ese desequilibrio es el dato central que la Corte esgrimió para justificar la unificación de la Cámara en lo Civil y Comercial Común con la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones en un único órgano de cinco salas de tres miembros.
Los diagnósticos elaborados dentro del Poder Judicial también señalan que la situación no era homogénea en todos los tribunales de alzada. De hecho, la Cámara en Documentos y Locaciones exhibía una realidad muy distinta, con una pendencia prácticamente inexistente y sin sentencias definitivas vencidas al cierre de mayo de este año.
Precisamente, a partir de esa diferencia en las cargas de trabajo, la Corte impulsó una de las modificaciones centrales incluidas en la nueva normativa: la unificación de la Cámara Civil y Comercial Común con la Cámara de Documentos y Locaciones. La expectativa oficial, resistida por los colegios profesionales de abogados, es que la integración de ambos órganos permita redistribuir recursos humanos y expedientes, equilibrar la carga laboral y reducir los tiempos de resolución de los recursos de apelación.
Según la visión del máximo tribunal, el desafío ya no pasa por agilizar la primera instancia, donde los indicadores muestran mejoras significativas, sino por evitar que los avances logrados se pierdan en la etapa de revisión. La apuesta de la reforma es que la velocidad alcanzada por los juzgados encuentre una respuesta equivalente en las cámaras de apelación.
De acuerdo con las explicaciones brindadas por fuentes judiciales, el objetivo final de los cambios incorporados en la nueva Ley Orgánica de Tribunales es consolidar un sistema más equilibrado, capaz de ofrecer respuestas más rápidas en todas las instancias del proceso y evitar que la modernización de un sector del Poder Judicial termine trasladando la congestión hacia otro.
El ABC de la reforma
La reforma recientemente incorporada a la Ley Orgánica de Tribunales fue objetada por el Colegio de Abogados, y apunta precisamente a dotar a la Corte de herramientas para reorganizar la estructura judicial en función de esas nuevas demandas. Entre los cambios más relevantes se encuentra la facultad de redefinir competencias y disponer la integración o reorganización de órganos jurisdiccionales cuando los indicadores de gestión revelen desequilibrios en las cargas de trabajo. El objetivo declarado es permitir que el sistema se adapte con mayor rapidez a las transformaciones que produce la propia modernización judicial.
En ese marco, la norma habilita la unificación de la Cámara Civil y Comercial Común con la Cámara de Documentos y Locaciones, una medida que desde la Corte consideran clave para aprovechar capacidades ociosas en algunos sectores y reforzar aquellos que registran mayores niveles de congestión. La apuesta es avanzar hacia un esquema más flexible de administración judicial, capaz de redistribuir recursos y magistrados según la evolución de la litigiosidad y los volúmenes de expedientes que ingresan en cada fuero.