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Tarifa de la luz: el ERSEPT abrió una revisión extraordinaria por los costos de distribución de EDET

La distribuidora solicitó actualizar el Valor Agregado de Distribución (VAD) y el organismo regulador determinó que se superó el umbral que habilita el análisis. El proceso incluirá una Consulta Pública Documentada y todavía no hay un porcentaje de aumento definido.

PorTendencia de noticias
07 sept, 2026 09:57 p. m. Actualizado: 07 sept, 2026 09:57 p. m. AR
Tarifa de la luz: el ERSEPT abrió una revisión extraordinaria por los costos de distribución de EDET


El Ente Provincial de Regulación de los Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT) convocó a una Consulta Pública Documentada para avanzar en un proceso de revisión extraordinaria del componente de distribución de la tarifa eléctrica de EDET, que podría derivar en una modificación del cuadro tarifario que pagan los usuarios.


La medida quedó formalizada mediante la Resolución Nº 661/26, fechada el 4 de septiembre y publicada este lunes 7 en el Boletín Oficial de la Provincia. El procedimiento apunta a determinar una eventual actualización del Valor Agregado de Distribución (VAD) correspondiente al trimestre agosto-octubre de 2026.


La convocatoria se origina en una presentación realizada por EDET, que solicitó iniciar el proceso de revisión del VAD para el período tarifario 2025-2030. La distribuidora informó una variación del Índice Representativo de los Costos Directos de la Prestación (IRCP) del 10%, con corte en mayo, y sostuvo que se había superado el umbral previsto para habilitar una revisión.


Sin embargo, el área económica del ERSEPT realizó su propio cálculo siguiendo la metodología vigente y tomó como período de referencia abril-junio de 2026. De ese análisis surgió una variación del 5,04%, que también supera el límite del 3% establecido como condición para abrir el procedimiento de redeterminación.


En la resolución, a la que Tendencia de Noticias tuvo acceso, el organismo aclaró especialmente que ese 5,04% no representa el porcentaje de un eventual aumento de la tarifa eléctrica. Según explicó en la resolución, el IRCP funciona solamente como un indicador que habilita la revisión y la actualización que eventualmente corresponda al VAD deberá surgir de la aplicación de la matriz de costos prevista en la metodología tarifaria.


De esta manera, al considerar superado el umbral establecido, el ERSEPT resolvió habilitar la revisión extraordinaria del Valor Agregado de Distribución de EDET por la variación de los precios de la economía. El análisis se realizará para su eventual aplicación al trimestre agosto-octubre de 2026.



Cómo será la consulta pública


La primera etapa de la Consulta Pública Documentada comenzará el miércoles 9 de septiembre. Los usuarios, organizaciones y demás interesados podrán inscribirse hasta el 15 de septiembre inclusive, exclusivamente por correo electrónico, a través de la dirección cpd@ersept.gob.ar.


El anexo establece que tanto las inscripciones como la documentación, las pruebas, notificaciones y recursos deberán presentarse de manera digital. Los interesados también tendrán que constituir un domicilio electrónico para participar del procedimiento.


El 18 de septiembre estará disponible el informe correspondiente a la primera etapa, mientras que la segunda instancia se desarrollará entre el 21 y el 28 de septiembre inclusive. Hasta esa última fecha podrán realizarse presentaciones, ofrecerse pruebas y consultarse las actuaciones incorporadas al expediente.


La información vinculada con el procedimiento estará disponible en la página web del ERSEPT. Como instructores y coordinadores fueron designados Leonardo Von Buren y Gonzalo Lucchini, mientras que Silvia Elena López actuará como representante de los usuarios.



La revisión no implica todavía un aumento


Uno de los puntos centrales de la resolución es que la apertura de esta instancia no modifica automáticamente los cuadros tarifarios vigentes. La variación de costos detectada constituye un insumo para analizar si corresponde modificar el VAD y, en su caso, determinar posteriormente la magnitud de esa actualización.


El ERSEPT también dejó establecido que la resolución que finalmente defina el resultado del procedimiento tendrá efectos posteriores a la fecha en que sea dictada, por lo que la convocatoria no supone por sí misma una aplicación retroactiva de un nuevo cuadro tarifario.


La consulta fue convocada bajo las disposiciones de la Ley provincial Nº 8.479 y de las resoluciones que regulan este tipo de procedimientos participativos. El organismo señaló que la intervención previa de los usuarios busca garantizar el acceso a la información y la participación ciudadana antes de adoptar una definición tarifaria.

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