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BENEFICIO DE LA DUDA

La Corte anuló la condena de Trápani y Rodríguez por abuso sexual y los absolvió por el beneficio de la duda

El Máximo Tribunal entendió que la evidencia resultó insuficiente para sostener los 10 y ocho años a los que habían sido condenados por el ataque denunciado por Carolina Monteros

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Mariana RomeroTendencia de noticias
07 jul, 2026 04:17 p. m. Actualizado: 07 jul, 2026 04:17 p. m. AR
La Corte anuló la condena de Trápani y Rodríguez por abuso sexual y los absolvió por el beneficio de la duda

Foto: La Gaceta

Franco Trápani y Álvaro Rodríguez resultaron absueltos en la causa por el abuso sexual contra Carolina Monteros, tras una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán tomada ayer, pero comunicada hoy.


Los jóvenes habían sido condenados a 10 y ocho años respectivamente, tras ser hallados culpables del delito denunciado por la víctima en 2016. El Tribunal de primera instancia consideró probado que Trápani conoció a Monteros en el boliche Lancaster el 3 de julio de 2016 y luego ambos salieron en un vehículo rumbo a un bar. En el proceso, la denunciante fue representada por el abogado Carlos Garmendia.


De acuerdo a la denuncia, en mitad del camino subió al vehículo Rodríguez, amigo de Trápani y los tres se dirigieron a una vivienda, en la que los hombres abusaron sexualmente de la víctima.


Pese a la sentencia dictada en octubre de 2025, los condenados permanecieron en libertad y su abogado, Alfredo Falú, apeló al Máximo Tribunal, argumentando que el fallo se había dictado gracias a una valoración arbitraria de la prueba.


La Corte entendió que la evidencia para la condena resultaba insuificiente y cuestionó especialmente la etapa de investigación, durante la cual se perdió de manera irreversible evidencia digital. Además, señaló que no eran concluyentes los informes médicos y forenses. Finalmente, señalaron que la denunciante incurrió en contradicciones y oscilaciones en sus declaraciones. El fallo lleva la firma de Daniel Posse, Antonio Estofán y Daniel Leiva.

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