
La disputa judicial por los honorarios regulados al perito contador Augusto Pío Tacconi en la histórica causa iniciada por Terminal del Tucumán SA contra la Provincia sumó un nuevo capítulo. Luego de que el profesional reclamara el pago de $441,7 millones por honorarios regulados originalmente en 2017, la Provincia presentó su respuesta y rechazó de plano esa liquidación, al considerar que resulta "marcadamente improcedente".
Como informó oportunamente Tendencia de Noticias, el planteo del perito implicaba que unos honorarios originalmente fijados en alrededor de $4,4 millones terminaran multiplicándose casi cien veces por la aplicación de una nueva metodología de cálculo basada en la Resolución 1/2026 del Banco Central.
Ahora, la Fiscalía de Estado, a través del abogado Aldo Luis Cerutti, pidió a la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativa que rechace esa planilla y apruebe una liquidación muy inferior.
En su presentación, la Provincia sostiene que la base sobre la cual fueron regulados los honorarios quedó firme mediante la Sentencia N° 1206 de noviembre de 2025 y que ya contempló la actualización correspondiente utilizando la tasa activa promedio del Banco Nación. Por ello, afirma que no existe fundamento para aplicar ahora la nueva tasa prevista por la Resolución 1/2026 del BCRA.
El escrito señala que incorporar esa nueva tasa implica utilizar componentes financieros que no guardan relación con la finalidad resarcitoria de los intereses y cita jurisprudencia reciente de la Corte Suprema, especialmente el fallo "Barrientos", para sostener que la actualización no puede conducir a resultados desproporcionados.
Uno de los ejes centrales de la contestación es que el reclamo del perito constituye, en los hechos, un mecanismo de indexación incompatible con el ordenamiento jurídico vigente.
La Provincia sostiene que si el profesional considera insuficiente la reparación derivada de la tasa aplicada, debe promover una acción específica para reclamar ese eventual perjuicio, pero no intentar modificar el régimen de actualización dentro del incidente de aprobación de planilla.
Además, advierte que el procedimiento elegido no puede utilizarse para "controvertir el sistema nominalista" ni para introducir mecanismos indexatorios prohibidos por las normas de orden público.
El escrito también cuestiona la aplicación retroactiva de la Resolución 1/2026 del Banco Central. Según la Fiscalía de Estado, esa metodología arroja un resultado "carente de proporción y de razonabilidad", muy superior al valor económico que realmente corresponde sustituir y contrario al artículo 771 del Código Civil y Comercial, que exige que las tasas de interés no produzcan enriquecimientos indebidos.
Para reforzar esa posición, la presentación vuelve a apoyarse en doctrina de la Corte Suprema, que ha sostenido que los intereses constituyen un mecanismo destinado a reflejar la realidad económica, pero no pueden transformarse en una fórmula que genere resultados objetivamente injustos.
Frente a los $441,7 millones reclamados por el perito, la Provincia acompañó su propia liquidación. Aplicando la tasa activa promedio del Banco Nación desde el 9 de octubre de 2017 hasta el 31 de mayo de 2026, sostiene que el monto correcto asciende a $25,4 millones, es decir, aproximadamente 18 veces menos que la cifra reclamada por la representación del contador Tacconi.
La planilla acompañada por la Fiscalía indica que el capital original fue de $4,4 millones, con intereses acumulados por $21 millones, alcanzando un total de $25,4 milones al 31 de mayo de 2026.
Finalmente, la Provincia dejó planteado el caso federal para eventualmente acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación si el tribunal tucumano convalidara la actualización pretendida por el perito. Según sostiene, aceptar esa liquidación implicaría afectar el derecho de propiedad y la garantía de defensa en juicio del Estado provincial, además de prescindir de la realidad económica existente al momento de la regulación de honorarios.