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La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán comenzará este lunes 2 de noviembre a funcionar bajo una nueva estructura institucional. Después de más de tres décadas sin modificaciones sustanciales en su organización, el tribunal pondrá en marcha un esquema de dos salas permanentes, una transformación que apunta a distribuir la carga de trabajo y agilizar la resolución de las causas que llegan a esa instancia judicial.
La implementación representa el paso concreto de una reforma que fue aprobada por el Congreso de la Nación y que quedó reglamentada en Tucumán mediante la Acordada 70/26, firmada el 23 de septiembre por los integrantes de la Cámara. El cambio no se limita a una división administrativa, sino que establece nuevas reglas para la integración de los tribunales, la asignación de expedientes, los mecanismos de votación y las subrogancias ante eventuales impedimentos de los magistrados.
El primer movimiento comenzará entre el lunes 2 y el miércoles 4 de noviembre. Durante esas tres jornadas, las secretarías del tribunal deberán realizar en el sistema informático Lex 100 el sorteo de las causas que actualmente se encuentran en trámite, con compensación por materia. De ese modo, los expedientes serán distribuidos entre las dos nuevas salas y comenzará a funcionar el esquema de trabajo previsto por la Ley 27.821.
La reorganización tendrá impacto sobre una jurisdicción que excede los límites de Tucumán. La Cámara Federal con sede en esta provincia interviene como tribunal de alzada en causas provenientes también de Santiago del Estero y Catamarca. Su competencia comprende asuntos penales, aduaneros, electorales, laborales, previsionales y cuestiones vinculadas con la seguridad social, entre otras materias.
La necesidad de modificar la estructura del tribunal estuvo vinculada con el crecimiento del volumen de expedientes y las dificultades que generaba su integración. Hasta ahora, la Cámara funcionaba con cinco vocalías y debía reunir tres voluntades para alcanzar una mayoría decisoria. La nueva organización procura distribuir esa tarea entre dos cuerpos jurisdiccionales que tendrán idéntica competencia material, territorial y funcional.
Dos salas y una presidencia común
La Acordada 70/26 dejó establecida la integración inicial de los nuevos cuerpos. La Sala I estará conformada por los jueces Ricardo Mario Sanjuán y Marina Cossio, mientras que la Sala II tendrá como integrantes a Mario Rodolfo Leal y Patricia Marcela Moltini. Ambas funcionarán bajo la presidencia común de Fernando Luis Poviña, actual titular de la Cámara.
El esquema tendrá carácter transitorio hasta que se incorpore el sexto juez de Cámara contemplado en la ley. Una vez cubierta esa vacante, cada sala quedará integrada por tres magistrados y tendrá una composición permanente.
Mientras tanto, la presidencia compartida tendrá una función central para garantizar el funcionamiento del tribunal. Poviña podrá intervenir indistintamente en cualquiera de las dos salas cuando exista una discrepancia entre sus integrantes y sea necesario alcanzar la mayoría para adoptar una decisión jurisdiccional.
El reglamento también establece un mecanismo para determinar el primer voto. Este será sorteado entre los dos vocales que pertenecen exclusivamente a cada sala. Si ambos discrepan, el presidente común emitirá el voto dirimente, salvo que exista algún impedimento para su intervención.
La norma contempla, además, las situaciones que pueden alterar la integración habitual. En caso de licencias, excusaciones o recusaciones de alguno de los vocales, el presidente reemplazará al magistrado impedido. Si se produjera más de una vacancia, se realizará un sorteo entre los dos integrantes de la sala que no deba ser integrada. Para reemplazar al presidente, el mecanismo de subrogancia establece un orden sucesivo entre el vicepresidente primero y el vicepresidente segundo.
La distribución de los expedientes
Uno de los aspectos centrales de la puesta en funcionamiento será la asignación de las causas. Los expedientes que ya se encuentran radicados en la Cámara serán distribuidos mediante el sorteo previsto para los días 2, 3 y 4 de noviembre. En cambio, las causas que ingresen con posterioridad serán asignadas a través de sorteos en el sistema Lex 100, también con compensación por materia.
El reglamento dispone que la radicación de un expediente en una sala será definitiva y alcanzará también a sus incidentes y legajos vinculados. La intención es evitar modificaciones posteriores en la asignación de los procesos y establecer un criterio estable para el tratamiento de cada causa.
Un punto adicional es que la división en salas no implicará, al menos en esta primera etapa, una duplicación de las estructuras administrativas. Las secretarías Penal, Civil, de Leyes Especiales Civil y Previsional de Cámara continuarán tramitando los expedientes correspondientes a ambas salas.
La nueva organización también prevé que los asuntos cuya resolución unipersonal esté expresamente autorizada por la normativa vigente sean asignados mediante sorteo. Cada secretaría deberá llevar un registro de los ingresos y del orden de votación.
La puesta en marcha de las dos salas constituye un cambio relevante para la Justicia Federal del norte argentino. La estructura anterior permanecía prácticamente inalterada desde 1990, pese al crecimiento de la actividad judicial y a la amplitud territorial de la jurisdicción que tiene a su cargo la Cámara tucumana.
La ley que habilitó la reorganización obtuvo sanción definitiva en la Cámara de Diputados de la Nación el 26 de agosto, con 205 votos afirmativos. El proyecto había sido impulsado originalmente por la senadora tucumana Sandra Mendoza, junto con Guillermo Andrada y Carolina Moisés, y posteriormente fue unificado con una iniciativa presentada por la senadora Beatriz Ávila.
La modificación legislativa contempló no solamente la división del tribunal, sino también la creación de un sexto cargo de juez de Cámara. Esa incorporación será necesaria para completar el funcionamiento definitivo de las dos salas con tres integrantes cada una.
Por ahora, la Cámara comenzará a trabajar con una integración transitoria de cuatro vocales distribuidos en dos salas y una presidencia común. La reglamentación busca garantizar que la falta de designación del sexto magistrado no demore la implementación de la reforma.