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REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES

Juzgados con competencia múltiple, menos magistrados y nuevos roles para los Jueces de Paz en el proyecto de modernización judicial tucumano

En el Parlamento tucumano se dio dictamen favorable a la reforma de la Ley Orgánica de Tribunales, una modernización integral del Poder Judicial que busca mayor eficiencia, flexibilidad y accesibilidad mediante competencias múltiples, reestructuración de los Colegios de Jueces y ampliación de funciones de los Jueces de Paz.

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Gabriel ToledoTendencia de noticias
13 abr, 2026 03:55 p. m. Actualizado: 13 abr, 2026 04:22 p. m. AR
Juzgados con competencia múltiple, menos magistrados y nuevos roles para los Jueces de Paz en el proyecto de modernización judicial tucumano

La Comisión de Asuntos Constitucionales e Institucionales de la Legislatura de Tucumán (foto inferior) dio un paso decisivo hacia la modernización del sistema jurídico provincial al emitir dictamen favorable al proyecto de modificación de la Ley N° 6238 (Ley Orgánica de Tribunales) que será tratada en la sesión de este jueves. Esta reforma integral está diseñada para transformar la estructura y el funcionamiento del Poder Judicial, buscando superar la rigidez de los órganos tradicionales a través de una organización administrativa más dinámica y racional. El propósito fundamental es garantizar una justicia más ágil y accesible, optimizando la eficiencia operativa para responder al incremento de causas y a las demandas actuales de la sociedad.


La legisladora Carolina Vargas Aignasse, presidenta de la comisión e impulsora de la iniciativa, destacó que la reforma abarca también el régimen del Colegio de Jueces y el Código Procesal Penal. Al fundamentar la propuesta, afirmó que “el objetivo del proyecto es optimizar el sistema de justicia basándose en estadísticas actuales, a fin de redistribuir los recursos estatales con mayor eficiencia”. Según los fundamentos del proyecto, esta decisión resulta necesaria para “dotar a la estructura judicial de mayor adaptabilidad, evitando que la ley orgánica quede atada a un diseño uniforme, rígido y anacrónico, que no se corresponde con la demanda jurisdiccional efectiva de cada centro judicial”.


Uno de los ejes centrales de la reforma es la implementación de una competencia material múltiple, lo que permite que un mismo tribunal maneje diversas áreas del derecho según las necesidades específicas de cada región. De acuerdo al texto del proyecto, esto permite “superar una lógica orgánica rígida, asentada en una enumeración taxativa de órganos judiciales concebidos para el ejercicio de una única materia, para dar lugar a un modelo que permita definir más de una competencia material a determinados órganos judiciales”. Esta flexibilidad funcional habilita “combinaciones funcionales que el régimen vigente, aunque no vedaba su existencia, no contemplaba con la claridad suficiente”.


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Además, en la iniciativa se introducen cambios sustanciales en la estructura del Colegio de Jueces, órgano fundamental nacido de la reforma procesal penal de corte acusatorio. La iniciativa busca superar una "lógica orgánica rígida" para dotar al sistema de una arquitectura más consistente con el funcionamiento real de los distintos centros judiciales. Según los fundamentos del proyecto, la propuesta responde a “criterios de eficiencia, racionalidad en el uso de recursos materiales y del capital humano, y equiparación entre fueros y centros judiciales”.


El proyecto detalla de manera taxativa cómo quedarán conformados los Colegios de Jueces en las distintas jurisdicciones, integrando formalmente a magistrados de Menores (NNyA) y de Ejecución Penal bajo una misma estructura administrativa, aunque conservando sus competencias específicas.


Para el Centro Judicial Capital, la norma establece la existencia de “un (1) Colegio de Jueces Penales, integrado por treinta y ocho (38) Jueces: cuatro (4) de Menores especialistas en la materia y cuatro (4) de Ejecución”. En el caso del Centro Judicial Concepción, el cuerpo estará compuesto por “catorce (14) Jueces, uno (1) con especialidad en el Juzgamiento de NNYA y un (1) Juez de Ejecución”. Finalmente, para el Centro Judicial de Monteros, se prevé un colegio integrado por “cinco (5) jueces: uno (1) con especialidad en juzgamiento de NNYA”.


Un punto clave de la reforma es la incorporación definitiva de los Jueces Contravencionales, quienes “quedarán definitivamente incorporados a dichos órganos”. Asimismo, se aclara que, aunque los magistrados de Ejecución forman parte de los Colegios de Jueces, “cuentan con competencia exclusiva y excluyente en su especialidad. Así, solo ellos pueden resolver asuntos específicos de ejecución y no pueden intervenir en procesos ajenos a su ámbito”

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Eficiencia y redistribución de recursos


Uno de los aspectos más destacados de la reforma es la decisión de reducir el número de magistrados en ciertas jurisdicciones basándose en datos estadísticos de carga de trabajo. El proyecto señala que el análisis de los últimos cinco años del Nuevo Código Procesal Penal de Tucumán (NCPPT) “justifica la conveniencia de reducir el número de magistrados en el Colegio de Jueces tanto del Centro Judicial Concepción como del Centro Judicial Monteros, buscando una mayor eficiencia en la administración de justicia”.


En cuanto a los jueces de Niñas, Niños y Adolescentes (NNyA), el proyecto establece una competencia territorial ampliada para garantizar la cobertura en toda la provincia.


Para evitar la parálisis de los procesos penales, la reforma introduce reglas estrictas sobre los reemplazos y la figura del juez suplente. Los fundamentos explican que estas adecuaciones buscan “dotar de mayor precisión y celeridad a los procesos judiciales, mejorando así su funcionamiento y la seguridad jurídica”.


En esa línea, se establece que “la figura del juez suplente es aplicable únicamente para los tribunales colegiados y en casos excepcionalísimos cuando por razones fundadas la Oficina de Gestión de Audiencia considere la mejor opción para asegurar la continuidad y resolución del juicio”. De esta manera, el Colegio de Jueces se consolida como una estructura flexible que, bajo la supervisión de la Corte Suprema de Justicia, podrá adaptarse a la demanda jurisdiccional efectiva de cada centro judicial.


Más cercanía funcional


Entre los cambios más significativos se destaca la ampliación de las funciones de los Jueces de Paz Letrados, quienes ahora tendrán competencia en “procesos de divorcio de conformidad con lo previsto en el Capítulo I, Título I, del Libro II del Código Procesal de Familia de Tucumán con excepción de las cuestiones derivadas del régimen patrimonial”. Además, podrán intervenir en “procesos individuales derivados de relaciones de consumo, cuando los mismos sean promovidos por consumidores o usuarios”. Vargas Aignasse subrayó que esta medida busca “ampliar el acceso a la justicia, especialmente en comunidades alejadas de los centros judiciales”, permitiendo que asuntos que pueden ser atendidos en el ámbito de la justicia de paz se resuelvan de manera más ágil.


La reforma también contempla una redistribución de facultades en el fuero contencioso administrativo, disponiendo que los recursos contra sanciones de multas administrativas sean resueltos por este fuero especializado y no por los juzgados contravencionales. Los fundamentos señalan que esta revisión de sanciones “se inserta naturalmente en el ámbito del contencioso administrativo, que es el fuero especializado en el control judicial de la actividad estatal”, asegurando una mayor especialización judicial para analizar la “validez de los actos administrativos y el alcance de las potestades regulatorias del Estado”.


Finalmente, el proyecto reconfigura los juzgados especializados en ejecución penal y de menores, ampliando su competencia territorial para permitir una mejor distribución de recursos frente al incremento de la población penitenciaria. El documento legislativo concluye que esta arquitectura más consistente con el funcionamiento real de los centros judiciales “fortalece las condiciones para una prestación del servicio de justicia más ordenada, eficiente y que cumpla con los estándares constitucionales”. Vargas Aignasse puso énfasis en el trabajo conjunto con el Poder Judicial para llevar adelante esta actualización normativa, que aspira a consolidar un modelo de gestión mucho más eficiente.


En la reunión también estuvieron presentes los legisladores Gerónimo Vargas Aignasse, Rodolfo Ocaranza, Tulio Caponio, Agustín Romano Norri, Aldo Salomón, Tomás Cobos y Mario Leito.

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