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ANTE LA CORTE SUPREMA

El Colegio de Abogados alista la demanda contra la reforma judicial de Tucumán

El constitucionalista Christian Alberto Cao trabaja en la presentación de una acción de inconstitucionalidad contra las leyes que modificaron la Ley Orgánica de Tribunales y el Código Procesal Civil y Comercial. El planteo será presentado hacia fines de esta semana.

PorTendencia de noticias
24 ago, 2026 12:35 p. m. Actualizado: 24 ago, 2026 12:35 p. m. AR
El Colegio de Abogados alista la demanda contra la reforma judicial de Tucumán

La reforma judicial tucumana tendrá esta semana su primer capítulo en los tribunales. El Colegio de Abogados de Tucumán informó que encomendó al abogado y constitucionalista Christian Alberto Cao la interposición de una acción de inconstitucionalidad contra las modificaciones introducidas a la Ley Orgánica de Tribunales y al Código Procesal Civil y Comercial. Según anticipó la entidad, la presentación se concretará hacia fines de esta semana.


El paso judicial había sido anunciado por los Colegios de Abogados de Tucumán y del Sur después de la sanción y promulgación de las leyes N° 9.987 y N° 9.988. Ambas instituciones habían advertido durante el debate legislativo que algunos de los cambios podían afectar garantías vinculadas con el funcionamiento de la Justicia y el ejercicio profesional.


Ahora, el Colegio de Abogados de Tucumán formalizó el siguiente paso al designar a Cao, abogado y doctor en Derecho, para llevar adelante el planteo constitucional. El comunicado difundido por la institución señala que la decisión se inscribe en la defensa del ejercicio profesional de la abogacía, de los honorarios profesionales y de la seguridad jurídica.


El conflicto comenzó durante el tratamiento legislativo de la reforma. Uno de los principales puntos de discusión fue la incorporación de criterios de competencia múltiple o multifuero, que permiten reorganizar la intervención de los tribunales según las necesidades y cargas de trabajo de cada Centro Judicial.


Los abogados cuestionaron que esa flexibilización pueda afectar el principio del juez natural y la especialización de los magistrados. Durante el debate habían advertido que la determinación de la competencia no debía quedar sujeta exclusivamente a decisiones administrativas posteriores de la Corte.


También fueron objetadas la ampliación de las atribuciones de los Juzgados de Paz Letrados, la reorganización y fusión de órganos judiciales, la reducción de algunas estructuras y la delegación de facultades reglamentarias.


Uno de los cambios más relevantes fue la unificación de la Cámara en lo Civil y Comercial Común con la Cámara en lo Civil en Documentos y Locaciones. La Corte justificó esa decisión a partir de los indicadores de carga de trabajo de ambos órganos.


El diagnóstico elaborado por el máximo tribunal muestra que la primera instancia civil había reducido su mora en un 99,82% entre agosto de 2021 y mayo de 2026: las sentencias definitivas vencidas habían pasado de 564 a una. En el mismo período, sin embargo, las sentencias vencidas en la Cámara Civil y Comercial crecieron un 126,16%, de 172 a 389.


Ese desequilibrio fue presentado por la Corte como uno de los principales fundamentos para reorganizar la segunda instancia y redistribuir recursos entre las cámaras. Los Colegios de Abogados, en cambio, consideran que la solución adoptada puede afectar la especialización de los órganos judiciales.


La reforma fue sancionada por la Legislatura el 18 de junio y promulgada por el gobernador Osvaldo Jaldo el 29 de junio. El proceso legislativo había incluido una ronda de consultas impulsada por el vicegobernador Miguel Acevedo, en la que participaron los Colegios de Abogados y la Asociación de Magistrados. Los reparos de los abogados no modificaron el texto finalmente aprobado.


Con la presentación que Cao prepara para los próximos días, el debate deja definitivamente el ámbito legislativo y pasa al Poder Judicial. El Colegio de Abogados anticipó, además, que permanecerá en estado de alerta y que impulsará las acciones institucionales y jurídicas que considere necesarias cuando estén comprometidos los derechos de los abogados y las garantías vinculadas con el funcionamiento del sistema de justicia.

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