
La puesta en marcha del nuevo centro de detención para menores en el complejo penitenciario de Benjamín Paz marcó una excepción en la política de austeridad del Gobierno Provincial. A través del Decreto N° 448/4 (MDS), la administración de Osvaldo Jaldo autorizó la contratación de nuevo personal para prestar funciones en el establecimiento "Cura Brochero", una decisión que obligó al Poder Ejecutivo a aplicar las cláusulas de excepción previstas en el plan de ajuste fiscal. Cabe recordar que, desde el 1 de enero de 2026, rige el DNU N° 11/3, el cual establece un congelamiento casi total de ingresos a la Administración Pública por dos años para asegurar el equilibrio fiscal, permitiendo incorporaciones únicamente en casos "estrictamente necesarios para la continuidad de funciones esenciales".
La normativa reciente fundamenta la decisión en la necesidad de dotar de operatividad a la flamante institución. Según los considerandos del decreto, la apertura del inmueble hace imperioso "reforzar el plantel de preceptores como así también del equipo técnico dedicado a realizar tareas bajo un enfoque socioeducativo, restaurativo y comunitario".
El objetivo central de estas designaciones es garantizar un abordaje integral para los jóvenes en conflicto con la ley penal, buscando el "fortalecimiento de proyectos de vida, la adquisición de habilidades para la autonomía personal, la reconstrucción de vínculos sociales y la reducción de trayectorias de reincidencia penal para niños, niñas y adolescentes".

En total, se formalizaron 15 incorporaciones bajo la modalidad de Contratos de Servicios por un término de 12 meses, prorrogables por igual período. La nómina se divide en dos áreas clave:
10 Operadores Convivenciales: (Categoría 18) integrados por Álvaro Tomás Tejerizo, Franco Daniel Escobar, Juan Pablo Emanuel Córdoba Andrade, Nahuel Ezequiel Lezcano, Ángel Matías López, Mauricio Santiago Arroyo, Cristian Jesús Díaz, Clara Amanda Rojas, Enzo Marino Soria y Eugenio Erimbaue.
5 Integrantes del Equipo Técnico: (Categoría 21) compuesto por Lucia Adriana Ferjancic, Viviana Elizabeth Díaz Bucci, Sergio Gonzalo Moreno, Guadalupe Macarena Garrocho y Sergio Matías Pereyra.
El contexto del ajuste y las excepciones
Esta decisión administrativa se produce en un escenario de fuerte restricción financiera. El DNU de ajuste, que fue avalado por la Legislatura hacia fines de enero pasado, estipula que los organismos estatales "deberán abstenerse de efectuar nuevas designaciones de personal, en cualquier condición de revista, y de celebrar contrataciones bajo relación de empleo público".
Sin embargo, la inauguración del Establecimiento Socioeducativo "San José Gabriel del Rosario Brochero - Benjamín Paz" se encuadró dentro de las prioridades de gestión que demandan recursos humanos específicos para no comprometer la seguridad y la asistencia social en el ámbito carcelario.

El Anexo Único del decreto detalla las condiciones bajo las cuales estos agentes prestarán servicio. La Cláusula Tercera establece un marco de derechos y obligaciones específicos para este grupo de trabajadores, señalando textualmente:
"EL PRESTADOR DE SERVICIOS gozará de los siguientes derechos y cumplirá las obligaciones que a continuación se indican: a) Percibirá mensualmente la remuneración equivalente a la Categoría [18 o 21] del Escalafón General, con todos los adicionales e incrementos que el Poder Ejecutivo Provincial disponga para la misma. Percibirá asimismo asignaciones familiares, sueldo anual complementario, adicionales por título y antigüedad, presentismos, viáticos por tareas cumplidas fuera de su asiento habitual de trabajo, en las modalidades y proporciones que los mismos sean abonados a los agentes públicos dependientes de la Administración Centralizada".
No obstante, el contrato también aclara limitaciones legales respecto a la planta permanente, precisando que "no pudiéndosele reconocer vacación anual ordinaria, ni los derechos enumerados en el art. 45 de dicha ley". En cuanto a la operatividad, la norma es taxativa al indicar que "la jornada laboral será según las necesidades del servicio determinadas por la comitente (en este caso el Ministerio de Desarrollo Social)".
El gasto que demande este nuevo personal será imputado a las partidas presupuestarias de la Unidad de Organización N° 945, dependiente de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia. El instrumento lleva la firma del Gobernador y fue rubricado por el Ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, quien es el encargado de visar que cada excepción al ajuste esté debidamente justificada.