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ABORDAJE INTEGRAL

La justicia tucumana suspendió el juicio a un menor adicto y ordenó apoyo estatal para la madre ante su incapacidad de cuidarlo

Se dispuso que el SIPROSA brinde herramientas terapéuticas a la progenitora de un joven imputado por robo, al entender que el fortalecimiento del entorno familiar es una condición indispensable para la rehabilitación del adolescente y el éxito de la suspensión del juicio a prueba.

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04 mar, 2026 03:15 p. m. Actualizado: 04 mar, 2026 03:16 p. m. AR
La justicia tucumana suspendió el juicio a un menor adicto y ordenó apoyo estatal para la madre ante su incapacidad de cuidarlo

A través de un fallo con perspectiva restaurativa, la justicia tucumana resolvió un conflicto penal de un modo que trasciende la sanción individual para abordar la problemática familiar de fondo. En una causa por tentativa de robo que involucra a un adolescente con consumos problemáticos, se determinó suspender el proceso judicial bajo condiciones de conducta, pero el magistrado fue más allá al ordenar que el Estado asista psicológicamente a la madre del joven. La resolución se fundamenta en que no es posible exigir un cuidado efectivo por parte de los responsables legales si estos no cuentan con el soporte psicoeducativo necesario para enfrentar una situación de vulnerabilidad extrema, buscando así atacar las raíces estructurales que derivaron en el conflicto penal.


En cuanto a la situación del imputado, el Dr. Federico Moeykens, titular del Juzgado Penal de Niñas, Niños y Adolescentes (foto inferior), dictó la suspensión del juicio a prueba por el lapso de un año. Durante este tiempo, el joven tiene la obligación de finalizar sus estudios escolares y llevar a cabo labores comunitarias en una fundación. Asimismo, el fallo ratificó la continuidad de su tratamiento de rehabilitación en el Centro de Adicciones del Hospital Avellaneda, bajo la supervisión de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAyF).


El aspecto más innovador de la sentencia surgió tras escuchar el "crudo relato" de la madre del menor en la audiencia, quien manifestó una profunda crisis en su rol materno. La mujer reconoció ante el juez su incapacidad para acompañar a su hijo en el día a día, argumentando que carece de las herramientas técnicas para lidiar con los efectos de las sustancias psicoactivas en el hogar. Ante esta realidad, el magistrado ordenó la intervención inmediata del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) para que proporcione a la progenitora el abordaje terapéutico y la asistencia técnica requerida.


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Desde el punto de vista jurídico, el fallo se asienta sobre la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 18 impele al Estado a prestar auxilio a los padres en sus funciones de crianza, además de alinearse con la Ley 26.061 de Protección Integral y las Reglas de Brasilia sobre vulnerabilidad. Bajo esta óptica, se entiende que la recuperación del adolescente es indisociable del fortalecimiento de su centro de vida primario. El magistrado entendió que "el restablecimiento de los derechos del adolescente es inseparable del fortalecimiento de su centro de vida y de su entorno familiar primario, reconociendo que no se puede exigir un cuidado efectivo si el Estado no proporciona primero el soporte psicológico y psicoeducativo necesario a los responsables de dicha guarda".


Con este abordaje interdisciplinario, la Justicia busca garantizar el interés superior del niño mediante el empoderamiento de su núcleo familiar, reconociendo que el soporte estatal es el primer paso para una tutela judicial efectiva.

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