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DISCRIMINACIÓN

La Corte de la Nación dio la razón a un trabajador tucumano despedido cuando descubrió que tenía VIH

Trabajaba en negro en una clínica de nuestra provincia. Cuando le pidieron los análisis preocupacionales, lo despidieron. El Máximo Tribunal cuestionó con dureza a sus pares tucumanos por ignorar una prueba fundamental en la causa

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Mariana RomeroTendencia de noticias
15 oct, 2026 01:07 a. m. Actualizado: 15 oct, 2026 01:07 a. m. AR
La Corte de la Nación dio la razón a un trabajador tucumano despedido cuando descubrió que tenía VIH

Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti: los tres jueces de la Corte


Un ex trabajador de un sanatorio tucumano logró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación escuchara su reclamo y dictara un fallo que anula todo lo actuado por los tribunales locales. 


I.A. (su identidad se reserva) trabajó durante dos años en una clínica de nuestra provincia sin que sus trabajadores lo registraran como empleado; es decir, estaba “en negro”. Finalmente, en junio de 2012, la empresa le requirió que se haga análisis preocupacionales y, cuando supo que tenía el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) lo despidió. El empleado envió telegramas al sanatorio intimándolo a que le asignaran tareas, le pagaran los haberes y blanqueen la relación laboral pero la respuesta fue el silencio. 


El trabajador recurrió a los tribunales y demandó al sanatorio, que respondió negando la relación laboral, que luego terminó siendo cabalmente probada. El reclamo fue por haberes adeudados, indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio, pero perdió en primera instancia ante el Juzgado del Trabajo de la Primera Nominación, que sólo le reconoció los haberes adeudados. 


Apeló entonces ante la Cámara del Trabajo y, finalmente, ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia y tampoco fue escuchado. La sentencia que liberaba al sanatorio de la responsabilidad por despido discriminatorio quedaba, así, firme. 


Sin embargo, I.A. recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que, por unanimidad, resolvió hacer lugar al recurso de queja y devolvió la causa al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo, esta vez, teniendo en cuenta el carácter discriminatorio del despido. 


El fallo, emitido este miércoles, lleva las firmas de Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Daniel Rosatti. Los tres magistrados coincidieron en que el fallo de la Corte de Tucumán fue arbitrario, por no tener en cuenta una declaración fundamental e, incluso, negar su existencia. 


“Tuve el análisis en mis manos”

La declaración que la Corte tucumana ignoró es la de la secretaria del área de salud preocupacional del sanatorio demandado. En la causa, su testimonio fue fundamental para considerar probado que la empresa se enteró que tenía VIH y lo despidió de manera simultánea. 


“Yo descubro que él tiene HIV porque tengo el análisis en mis manos, yo manejaba el análisis de los prelaborales […] el técnico de laboratorio me entregaba los análisis [...] a mí […] yo actuaba de secretaria de salud preocupacional, en el momento que lo tengo en mis manos me lo pide P. que es otra de las secretarias de salud ocupacional y E., que es la encargada general…”, declaró la mujer. 


Pese a este testimonio, las tres instancias judiciales tucumanas coincidieron rechazar que el despido fue discriminatorio argumentando que no se probó que el empleador conocía el diagnóstico. Como en la causa otras dos personas declararon haber escuchado que el empleado tenía problemas de salud, calificó estos testimonios como provenientes de "testigos de oídas". 


Sin embargo, la declaración clave de la ex secretaria de salud preocupacional fue ignorada: “(la Corte tucumana) afirmó que esa persona no había manifestado nada sobre esos supuestos hechos”, reclamó el procurador Fiscal Víctor Ernesto Cosarín Abramovich en su dictamen ante la Corte nacional.


El funcionario consideró “infundado el criterio de la Corte provincial -y de la instancia anterior- según el cual el accionante no demostró ni siquiera indiciariamente la discriminación denunciada (...) existen indicios suficientes para tener por demostrado que el despido indirecto del accionante tuvo vinculación directa con su estado de salud”.


Ahora, a 14 años del despido, la causa vuelve al punto de partida: un juzgado laboral de primera instancia. Sin embargo, esta vez deberá seguir los lineamientos de la Corte de la Nación, que consideró que no puede ignorarse la declaración clave en el caso, que prueba cómo el hombre fue despedido cuando se supo que tenía VIH. 








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