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CASO EN CORDOBA POR VIOLENCIA GENERAL

Enviarán a juicio a un joven por crear imágenes con IA de compañeras menores y difundirlas en un sitio para adultos

Un joven será enviado a juicio en la provincia de Córdoba acusado de crear imágenes falsas de sus compañeras de colegio mediante el uso de inteligencia artificial y publicarlas en un sitio web para adultos. La Justicia consideró que su conducta configura el delito de lesiones graves agravadas por mediar violencia de género.

PorTendencia de noticias
19 mar, 2026 10:09 a. m. Actualizado: 19 mar, 2026 10:09 a. m. AR
Enviarán a juicio a un joven por crear imágenes con IA de compañeras menores y difundirlas en un sitio para adultos

Noticias Argentinas difundió que la Cámara de Acusación de Córdoba confirmó la elevación a juicio del imputado, quien utilizó herramientas de inteligencia artificial para superponer los rostros de sus compañeras en cuerpos desnudos y difundir ese material en una página pornográfica.



El tribunal tuvo en cuenta que las publicaciones identificaban a las víctimas con nombre y apellido y que, además, el acusado incluyó enlaces a sus perfiles de redes sociales, lo que amplificó la exposición.



Según consta en la resolución, esta situación derivó en que las damnificadas recibieran numerosas solicitudes de contacto y visitas en sus cuentas por parte de personas desconocidas.



Los camaristas Patricia Alejandra Farías, Maximiliano Octavio Davies y Carlos Alberto Salazar entendieron que el accionar del imputado provocó un daño psíquico significativo, que encuadra como lesión en el Código Penal aun sin la existencia de daño físico.



En ese sentido, señalaron que las víctimas, al ser menores de edad, se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad como sujetos en formación, lo que agrava el impacto de los hechos.



El fallo también destacó que trastornos como la ansiedad persistente, el estrés postraumático, los trastornos adaptativos y el aislamiento social deben ser considerados daños graves en este tipo de casos.



Asimismo, el tribunal remarcó que, aunque las imágenes fueran manipuladas, implicaron una exposición sexual de carácter digital, pública y reiterada, lo que también constituye violencia simbólica.



En la misma línea, se consideró que el hecho configura violencia digital, ya que el daño se produjo en el ámbito virtual mediante la difusión de contenidos que reproducen estereotipos y afectan la integridad de las víctimas, sin que sea necesario un vínculo directo entre el agresor y las personas afectadas.



Finalmente, los jueces advirtieron sobre la creciente utilización de medios informáticos y redes sociales para cometer delitos que tienen como principales víctimas a mujeres, lo que representa un ámbito de especial vulnerabilidad para la privacidad y la integridad personal.

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