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CONFLICTO CON LAS UNIVERSIDADES

Ley de Financiamiento Universitario: la Justicia aceptó un planteo del Gobierno y revisará la vigencia de la cautelar

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó un recurso de queja presentado por el Estado. Con esta resolución, se revisará la continuidad del trámite de ejecución de la medida que exige actualizar salarios y garantizar becas estudiantiles.

PorTendencia de noticias
20 oct, 2026 02:13 p. m. Actualizado: 20 oct, 2026 02:13 p. m. AR
Ley de Financiamiento Universitario: la Justicia aceptó un planteo del Gobierno y revisará la vigencia de la cautelar

La decisión judicial se tomó unos días después de la quinta marcha universitaria.-

La batalla legal en torno a los fondos para las universidades suma un nuevo capítulo. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó que se tramite el recurso interpuesto por el Gobierno nacional contra la decisión del juez de primera instancia, Martín Cormick, de continuar con la ejecución de la medida cautelar vinculada a la Ley de Financiamiento Universitario.


Esta cautelar obliga al Ejecutivo a actualizar los salarios del personal docente y no docente, además de garantizar los fondos correspondientes para las becas estudiantiles. Aunque los camaristas habilitaron la revisión, se encargaron de aclarar explícitamente que la decisión tomada no implica "adelantar opinión acerca del cabal cumplimiento o no de la medida cautelar".


El expediente llegó a la Cámara luego de que el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación presentaran una queja formal. Esto ocurrió porque el 14 de octubre el juez Cormick rechazó la apelación del Gobierno contra su decisión de elevar a la Cámara la causa principal y, en paralelo, continuar con el trámite para ejecutar la cautelar en un incidente separado.


En su presentación, el Estado esgrimió dos argumentos centrales. Por un lado, aseguró que ya había cumplido íntegramente con las exigencias de la medida judicial. Por el otro, sostuvo que la cautelar tenía un límite temporal que, bajo su propia interpretación, ya se encuentra vencido, por lo que resulta improcedente mantener abierta la ejecución.


Además, los abogados del Estado advirtieron sobre el riesgo inminente de que se apliquen nuevas sanciones conminatorias sin que exista una liquidación concreta de las sumas reclamadas. Frente a este planteo, la Sala III consideró que la denegatoria original del juez Cormick podía generar un "gravamen irreparable" para el Ejecutivo y, por lo tanto, habilitó la instancia de revisión.


El origen de la demanda y el freno a las multas


Este nuevo fallo se suma a la resolución que la misma Sala III dictó el 15 de octubre. En aquella oportunidad, el tribunal admitió otra queja oficial y dispuso tramitar con efecto suspensivo la apelación contra las multas diarias de $100.000 impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli. Esa decisión dejó en pausa las sanciones económicas, aunque sin determinar aún si el Gobierno acató o no el mandato judicial original.


El conflicto se originó a partir de una demanda impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) contra el decreto 759/2025. Dicho decreto del Poder Ejecutivo condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso de la Nación identificara previamente las fuentes de financiamiento. El 6 de octubre, el juez Cormick declaró la inconstitucionalidad de esa exigencia y ordenó la aplicación inmediata de la norma, una sentencia de fondo que el Gobierno también apeló y que actualmente tramita en el expediente principal.

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