
La disputa judicial por las elecciones en la Universidad Nacional de Tucumán sumó un nuevo capítulo en las últimas horas, con la presentación de un escrito clave por parte de los actores que buscan impedir una eventual nueva candidatura del rector Sergio Pagani. En el documento, los demandantes respondieron formalmente a la excepción de falta de legitimación activa planteada por la universidad y reclamaron una resolución urgente, con habilitación de días y horas inhábiles, en medio de un calendario electoral que avanza.
La causa, iniciada por el candidato a rector Miguel Ángel Cabrera, apunta a que la Justicia Federal declare la inconstitucionalidad de una eventual postulación de Pagani a un tercer mandato consecutivo. En este nuevo escrito, el apoderado de los actores, Manuel Gonzalo Casas, calificó el planteo de la UNT como “una maniobra dilatoria” y solicitó su rechazo “íntegro”.
“El único objetivo es ganar tiempo en busca de que se consuman hechos de difícil reparación ulterior, como ser la inscripción del actual rector en una lista para el rectorado”, sostiene la presentación, que insiste en la necesidad de una definición judicial antes de que avance el proceso electoral.
Uno de los ejes centrales del escrito es refutar el argumento de la universidad, que sostiene que no existe un “caso” judicial. En sentido contrario, los actores remarcan que la controversia “no es hipotética ni eventual”, sino que está directamente vinculada al proceso electoral en curso.
“La presente acción […] se inscribe en un conflicto jurídico concreto, actual y perfectamente delimitado”, afirma el documento. Y agrega que la situación “incide de manera directa en la regularidad del proceso electoral en curso y en las condiciones de competencia de los actores”.
En esa línea, se subraya que la discusión sobre la posibilidad de un tercer mandato de Pagani ya es pública y notoria, con repercusión en medios provinciales y nacionales, y que existe una “conducta contradictoria” del propio rector. El escrito recuerda que, tras la reforma estatutaria de 2024, Pagani había afirmado: “la norma es clara […] mi ciclo culmina al finalizar mi gestión actual”, pero luego sostuvo que “el estatuto me habilita” a presentarse nuevamente.
Para los demandantes, esa contradicción “genera un estado de duda suficiente” que justifica la intervención judicial.
Otro punto clave de la presentación es la defensa de la legitimación activa de los actores. La UNT había cuestionado que los demandantes no tendrían un interés concreto, pero el escrito responde con dureza. “Mis mandantes no comparecen en defensa de un interés general o vago”, señala. “Ellos se presentan […] en resguardo de un interés jurídico diferenciado propio, concreto y actual”.
En ese sentido, se enfatiza que ambos son candidatos al rectorado, decanos en funciones y que Cabrera además se desempeña como vicerrector subrogante. “¿Quién puede tener interés legítimo en determinar […] que el Rector Pagani no puede violar el estatuto con un tercer mandato si no son mis mandantes?”, plantea el texto. Además de Cabrera, la presentación es formulada por Virginia Abdala.
Según los actores, la eventual habilitación de una nueva candidatura alteraría “la igualdad de condiciones entre candidatos” y “distorsionaría el escenario democrático” dentro de la universidad.
El escrito vuelve sobre el núcleo del conflicto: la interpretación del estatuto de la UNT. Allí se sostiene que no existe ambigüedad alguna y que la propia Asamblea Universitaria ya resolvió la cuestión.
Se recuerda que, durante la reforma estatutaria de abril de 2024, se rechazó -por 79 votos contra 34- la posibilidad de introducir una cláusula que permitiera reiniciar el conteo de mandatos. Esa decisión quedó plasmada en el artículo 190, que fija el fin de los mandatos en mayo de 2026 para quienes ya ejercieron dos períodos. “El órgano máximo de la voluntad soberana decidió contundentemente que el actual Rector no puede ir por un tercer mandato”, afirma la presentación.
En ese marco, los actores invocan el principio jurídico “in claris non fit interpretatio” para sostener que no hay nada que interpretar: “Cuando existen preceptos claros no hay que interpretar nada, solo aplicar esas normas”.
El escrito también rechaza la idea de que el conflicto deba resolverse dentro de la propia universidad. Según los actores, no existe una vía institucional “idónea, competente, eficaz y oportuna”.
Por un lado, advierten que esperar a la oficialización de listas dejaría un margen de apenas días para acudir a la Justicia antes de la elección. Por otro, cuestionan el rol del Consejo Superior, al señalar que su convocatoria depende del propio rector, “directamente interesado en la interpretación normativa en debate”. “Su actuación está sujeta a la voluntad de quien […] resulta ser parte directamente interesada”, advierten.
Además, sostienen que ese órgano no tiene competencia para modificar lo decidido por la Asamblea Universitaria ni el contenido del estatuto.
En el tramo final, los demandantes insisten en la necesidad de una resolución inmediata. “Cada día que pasa […] el peligro de un perjuicio irreparable […] se agrava”, advierten, en referencia al cronograma electoral.
Actualmente, restan pocas semanas para el cierre de listas y la elección de rector, prevista para mayo. En ese contexto, solicitan que se habiliten días y horas inhábiles para acelerar el trámite y evitar que el conflicto se vuelva abstracto.
El planteo se inscribe en una causa que ya había tomado relevancia pública, en medio de un fuerte debate sobre la autonomía universitaria y los límites al poder institucional, tal como reflejó el análisis previo publicado por Tendencia de Noticias.