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CONTROL PREVENTIVO

Fuerte observación del Tribunal de Cuentas al Ente de Turismo por una campaña de $80 millones

El organismo devolvió las actuaciones por múltiples inconsistencias en los medios de promoción declarados y advirtió que la contratación no podrá ejecutarse hasta contar con un pronunciamiento definitivo.

PorTendencia de noticias
10 sept, 2026 05:28 p. m. Actualizado: 10 sept, 2026 05:28 p. m. AR
Fuerte observación del Tribunal de Cuentas al Ente de Turismo por una campaña de $80 millones

El Tribunal de Cuentas de Tucumán formuló múltiples observaciones sobre una contratación directa por $79.649.458 destinada a promocionar turísticamente a la provincia, luego de que su Departamento de Informática no pudiera constatar la existencia, titularidad o identificación de numerosas páginas web, cuentas de redes sociales, canales de WhatsApp, bases de datos y otros medios digitales incluidos en la propuesta. El organismo requirió al Ente Autárquico Tucumán Turismo (EATT) que subsane los reparos antes de continuar con el control preventivo y advirtió que la contratación no puede ejecutarse hasta que exista un pronunciamiento definitivo.


El planteo quedó formalizado mediante el Acuerdo N° 5474, fechado el 3 de julio pasado, a partir del expediente N° 1166-460-D-2026. Allí se analiza la Resolución N° 1718/9-(EATT), dictada el 25 de junio, mediante la cual el Ente había autorizado la contratación directa de Marina Maria Molinari para desarrollar e implementar durante siete meses una campaña integral de co-marketing destinada a posicionar a Tucumán como destino turístico nacional.


El esquema aprobado contemplaba un desembolso mensual de $11.378.494, IVA incluido, hasta alcanzar los $79.649.458 previstos para la totalidad del período. El propio acuerdo del Tribunal detalla que la campaña involucraba a distintos operadores y contemplaba publicidad en vía pública, radio, sitios web, redes sociales, newsletters, WhatsApp, televisión, pantallas LED, blogs y generación de contenidos.


El punto central de las observaciones


La principal dificultad detectada apareció al momento de someter la documentación a una revisión técnica. El Departamento de Informática del Tribunal de Cuentas, mediante el Informe Técnico N° 292/26, examinó los medios digitales incluidos en la planificación y señaló que en numerosos casos no se habían aportado datos suficientes para comprobar que esas herramientas efectivamente existieran o que estuvieran vinculadas con los operadores contratados.


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Domingo Amaya, presidente del Ente Tucumán Turismo.

En el caso de Al Mundo, por ejemplo, el informe indicó: “No precisa el sitio web ni las cuentas en las redes sociales Twitter/X, Facebook e Instagram sobre las que se propone realizar la campaña de promoción turística; en razón de lo cual, no resulta posible constatar su existencia, ni verificar tales canales digitales.”


Una situación similar fue advertida respecto de All Seasons. El área técnica sostuvo que no estaban individualizadas las cuentas de redes sociales y que tampoco se precisaba si las emisoras de radio mencionadas contaban con transmisión web ni cuáles eran sus respectivos dominios.


El informe fue igualmente crítico con la planificación atribuida a Grupo Gea, donde se mencionaban cientos de sitios de agencias de viajes. Según el documento, “no identifica los 650 sitios de agencias de viaje de Argentina, ni los 350 sitios de agencias de viaje de Perú en los que se realizarían las acciones publicitarias, imposibilitando verificar su existencia”. También señaló que no se individualizaban el canal de WhatsApp ni las bases de datos de correo electrónico.


Las observaciones alcanzaron también a OLA. En este caso, el Tribunal indicó que la documentación no identificaba el sitio denominado “Web Ola” donde se colocaría un banner pop-up. Tampoco estaban individualizados el “Newsletter Ola Exclusivo”, el canal “WhatsApp Ola” ni las direcciones de correo electrónico o bases de datos asociadas.


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Una de las firmas analizadas por los técnicos del Tribunal de Cuentas.

El caso de Pezzati Viajes concentró una serie de reparos adicionales. El informe cuestionó la falta de precisión sobre los programas “Mundo Turístico”, cuya eventual transmisión web no podía ser verificada. Pero, además, el Departamento de Informática dejó asentado que realizó una búsqueda específica y no constató la existencia del canal de YouTube identificado como @mundoturistico.


El documento agregó que tampoco se habían individualizado el sitio correspondiente al blog, los correos electrónicos o bases de datos vinculados al newsletter, la versión online de la Revista Central ni el correo desde el cual se desarrollarían las acciones de e-mail marketing.


La revisión del dominio www.pezzati.com también generó un reparo específico. Según el informe: “Realizando la consulta de whois del dominio www.pezzati.com; no se pudo corroborar que el registrante del sitio de referencia (Dattatec Corp), tenga relación con Pezzati ni con Marina María Molinari.”


A continuación, el organismo precisó: “Es decir, el dominio donde se ha contratado explícitamente la publicidad oficial es www.pezzati.com y los datos de identificación del titular de dicho dominio se encuentran ocultos al público o encriptados.” El informe aclaró, además, que existían mecanismos técnicos alternativos para acreditar la posesión de un dominio, entre ellos la generación de un registro DNS de tipo TXT o la incorporación de información sobre el propietario dentro del código fuente del sitio.


La revisión tampoco permitió localizar la cuenta de Facebook @pezzati.viajes. Y aunque en NIC.ar se constató que el dominio www.itsonline.com.ar figuraba registrado a nombre de Pezzati Norberto Carlos, el Tribunal señaló que no pudo establecerse que ese titular tuviera relación con Marina Maria Molinari.


También se observó la ausencia de identificación de las cuentas específicas que serían utilizadas para las campañas de Meta Ads en Facebook e Instagram.


Más reparos sobre sitios, redes y envíos digitales


La planificación de Piamonte Turismo fue otro de los puntos observados. El informe sostuvo que no se habían individualizado los sitios web correspondientes a las acciones de banners y publicaciones digitales previstas, entre ellas las vinculadas con Ladevi, Report, Diario de Turismo y Acrux.


Además, se indicó que tampoco estaban identificados el canal de WhatsApp ni las direcciones de correo electrónico o bases de datos que serían utilizadas para los envíos digitales. La misma falta de precisión se extendió a las cuentas desde las cuales se desarrollarían las campañas de Meta Ads en Instagram y Facebook.


En Travel Store, el Tribunal detectó que no se individualizaba el dominio donde aparecería el banner ni los correos o bases de datos asociados al newsletter y a los denominados “News exclusivos”. Tampoco se identificó la cuenta de Instagram que sería utilizada para las publicaciones.


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Por último, en Wander Wine, la documentación no identificaba las cuentas de Instagram y Facebook ni el dominio correspondiente al sitio denominado “WanderWine web”. Para el Departamento de Informática, esa falta de información impedía verificar los medios digitales y realizar el análisis técnico correspondiente.


Después de enumerar las observaciones, el Departamento de Informática concluyó:

“En consecuencia en forma previa a expedirnos requerimos a la repartición de origen que subsane todos los recaudos previos apuntados precedentemente…”. El expediente también incorporó el Informe Contable N° 1159/26, elaborado por el Departamento de Contadores Fiscales, y el Dictamen N° 1772/26 de Asesoría Jurídica. A partir de esos antecedentes, el Tribunal consideró necesario que el EATT cumpliera previamente con las observaciones formuladas por el área informática.


El Acuerdo establece además que los plazos para que el Tribunal se expida sobre la contratación todavía no comenzaron a correr, ya que lo harán una vez que las actuaciones regresen con los requerimientos cumplimentados. En términos concretos, el organismo fue explícito al advertir: “Asimismo se advertirá a Origen que se abstenga de ejecutar el acto sometido a control hasta tanto este Tribunal de Cuentas se pronuncie en forma definitiva.”


Finalmente, el Tribunal de Cuentas resolvió devolver las actuaciones al Ente Autárquico Tucumán Turismo para que complete la información solicitada por el Departamento de Informática no podrá ser ejecutada hasta que exista un pronunciamiento definitivo del organismo de control.


El Acuerdo N° 5474 lleva las firmas de Miguel Chaibén Terraf, Sergio Miguel Díaz Ricci y Marcelo Vidal (presidente y vocales, respectivamente), quienes integran el Tribunal de Cuentas y suscribieron la resolución que ordenó devolver las actuaciones al organismo turístico provincial.

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