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POLÍTICA EXTERIOR

El Gobierno oficializó un sistema para coordinar las acciones de política exterior con foco en el reclamo por Malvinas

La nueva estructura funcionará bajo la órbita de la Cancillería y obligará a los organismos nacionales a informar determinadas reuniones, negociaciones y gestiones internacionales. La medida contempla especialmente aquellas acciones que puedan incidir en la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

PorTendencia de noticias
11 sept, 2026 12:28 p. m. Actualizado: 11 sept, 2026 12:31 p. m. AR
El Gobierno oficializó un sistema para coordinar las acciones de política exterior con foco en el reclamo por Malvinas

El Gobierno oficializó este viernes la creación del Sistema de Articulación de la Política Exterior, una estructura que será coordinada por la Cancillería y tendrá como objetivo centralizar la información y coordinación de las actividades de los organismos nacionales que puedan tener impacto en la política exterior y los intereses internacionales de la Argentina.



La medida quedó establecida mediante el Decreto 983/2026, publicado en el Boletín Oficial, y presta especial atención a aquellas acciones que puedan incidir directa o indirectamente en el reclamo argentino de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.



Según establece la normativa, el sistema funcionará en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y tendrá a su cargo la implementación de mecanismos de “información, coordinación y asesoramiento oportuno” respecto de las actividades internacionales desarrolladas por las distintas jurisdicciones y organismos de la Administración Pública Nacional.



De acuerdo con un informe al que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el nuevo esquema tendrá como finalidad asegurar la “coherencia, compatibilidad y uniformidad” de las actividades vinculadas con las relaciones exteriores respecto de los lineamientos generales fijados por el Poder Ejecutivo.



La Cancillería será la encargada de coordinar el sistema dentro de sus competencias en materia de política exterior y relaciones internacionales, incluida la representación de la Argentina ante gobiernos extranjeros, la Santa Sede y organismos internacionales.



A partir de la nueva normativa, las distintas áreas de la Administración Pública Nacional deberán informar a la Cancillería, bajo las condiciones y plazos que determine el Ministerio, sobre reuniones, comunicaciones, gestiones, negociaciones y otras actividades internacionales que involucren a autoridades de otros Estados, organismos internacionales o sujetos de derecho internacional y que puedan tener consecuencias para la política exterior argentina.



La obligación alcanzará, entre otros casos, a las gestiones que impliquen fijar o comunicar posiciones oficiales del país; puedan incidir en negociaciones diplomáticas bilaterales o multilaterales; involucren acuerdos, convenios, memorandos de entendimiento, declaraciones conjuntas o cartas de intención; o puedan generar consecuencias diplomáticas, institucionales, jurídicas o políticas.



También deberán ser informadas aquellas actividades que puedan comprometer o afectar los lineamientos de política exterior definidos por el Poder Ejecutivo.



El decreto incorpora una disposición específica para las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. El sistema abarcará cualquier actividad internacional que involucre aspectos relacionados con esos territorios y sus espacios marítimos e insulares o que pueda incidir, de manera directa o indirecta, en el reclamo de soberanía argentino.



La normativa establece, sin embargo, una serie de excepciones. Quedarán fuera del sistema las gestiones ante organismos financieros internacionales, bancos multilaterales de desarrollo o entidades similares cuando estén limitadas exclusivamente a cuestiones financieras, crediticias, presupuestarias, técnicas o de ejecución de programas correspondientes a cada jurisdicción.



En los casos en los que la información se encuentre sometida a regímenes especiales de reserva, confidencialidad o secreto, se aplicarán las normas específicas previstas para cada situación.

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