
La Municipalidad de San Miguel de Tucumán adjudicó la ejecución de la Obra N° 81.998 A denominada "Revalorización y Renovación de Plaza Urquiza" a la empresa Antonelli Hnos. S.R.L. por un monto que supera los $1.524 millones, cifra que representa un ahorro de casi $508 millones —equivalente al 25%— respecto del presupuesto oficial fijado en $2.032 millones. La decisión quedó formalizada mediante el Decreto N° 0200/SOP/2026, suscripto el 2 de junio por la intendenta Rossana Chahla.
El plazo de ejecución fijado en el contrato es de 28 semanas a partir de la firma del acta de replanteo. La firma deberá acreditar ante el municipio el Certificado para Adjudicación expedido por el Registro General de Constructores de Obras Públicas de la Provincia de Tucumán, documento que ya fue presentado.
La Comisión de Asesoramiento de Adjudicación fue la encargada de evaluar las propuestas y emitir la recomendación. Su dictamen indicó que la oferta de Antonelli Hnos. S.R.L. resultó "la más conveniente a los intereses municipales", quedando en segundo orden de mérito la firma Línea Construcciones S.R.L., con una propuesta de $1.538 millones.

Uno de los espacios públicos más emblemáticos de la capital tucumana se encamina hacia una renovación de gran escala. La obra apunta a la recuperación y puesta en valor de este tradicional paseo, preservando sus características originales y adecuándola a sus usos actuales.
El proyecto interviene sobre sectores estratégicos de la plaza. En el Sector Conmemorativo de Jorge Luis Borges se contempla la restauración del monumento y la jerarquización de su entorno mediante un tratamiento vegetal que permita la eliminación de la reja perimetral, además de la incorporación de bancos de fundición con madera de mayores dimensiones y parasoles metálicos con enredaderas para generar nuevos espacios de sombra.
El Sector Cívico-Conmemorativo al General Justo José de Urquiza experimentará una transformación profunda: el proyecto prevé el traslado de la estatua hacia el norte, sobre un nuevo pedestal construido en mampostería de ladrillo común con revoque grueso y fino, mientras el área se jerarquizará con piso de hormigón impreso, pérgolas metálicas y un replanteo de escalinatas para favorecer el descanso de los visitantes.

La intervención también alcanza la Glorieta Metálica —que contará con cielorraso de placas de yeso, terminación de PVC espejado e iluminación LED perimetral—, los canales y la isla interior —con iluminación subacuática—, la pista de skate, juegos infantiles con hamacas de pórtico reforzado, toboganes dobles y trepadores, y un Sector Canil equipado con túneles, zig-zag y plataformas de salto. La casilla tipo "Pagoda" será restaurada en sus condiciones originales. La propuesta incorpora además baldosas podotáctiles y rampas con barandas dobles para garantizar la accesibilidad en todo el predio.
Ocho oferentes y una impugnación rechazada
El Decreto consigna que la documentación base de la licitación fue aprobada y autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones a realizar el llamado público. El acto de apertura de sobres se celebró el 10 de marzo pasado, oportunidad en la que se presentaron ocho empresas. La firma Mediterráneo S.A. vio devuelto su sobre en el mismo acto de apertura por no cumplir con lo establecido en el Numeral 1.18.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Las siete propuestas restantes, con sus respectivos montos, fueron las siguientes:
INGECO S.A.C.C.I.F.I.A.G.F. Y S., con una propuesta por la suma de $2.098.490.922,31.
ANTONIO JOSE FORTINO CONSTRUCCIONES S.R.L. con una propuesta por la suma de $1.664.555.078,00.
PROYCON S.R.L. con una propuesta por la suma de $1.999.894.960,72.
LINEA CONSTRUCCIONES S.R.L. con una propuesta por la suma de $1.538.840.240,22.
ANTONELLI HNOS. S.R.L., con una propuesta por la suma de $1.524.266.575,97.
AUZE SRL, con una propuesta por la suma de $1.422.407.386,20.
BARONETTO SRL con una propuesta por la suma de $1.899.994.305,25.
Durante el proceso de evaluación, la firma Antonio José Fortino Construcciones S.R.L. presentó una impugnación contra tres de sus competidores: Línea Construcciones S.R.L., Antonelli Hnos. S.R.L. y Auze S.R.L. La Comisión de Asesoramiento analizó los planteos y los desestimó, señalando en su dictamen que el agravio central se sustentaba únicamente en una discrepancia con la estructura de costos adoptada por las firmas cuestionadas, sin que se demostrara un incumplimiento expreso al pliego.

Respecto a los cuestionamientos sobre los análisis de precios, el decreto reproduce el razonamiento de la Comisión en los siguientes términos: "La sola circunstancia de que un oferente haya previsto un porcentaje menor de gastos generales respecto de otro no constituye, por sí misma, causal suficiente de rechazo, toda vez que ello puede responder a diferencias en su estructura de costos, política comercial, situación tributaria, capacidad logística o estrategia competitiva; por lo tanto no corresponde invalidar una oferta basándose exclusivamente en la mayor estructura de costos invocado por su competidor".
El decreto agrega que tampoco surgió de la impugnación "prueba concreta de que la firma cuestionada haya omitido un tributo o costo de inclusión obligatoria en forma tal que torne imposible la ejecución de la obra al precio cotizado". El Artículo 2° del decreto formaliza el rechazo de la impugnación interpuesta por Fortino Construcciones.
Patrimonio exiguo
La propuesta más económica del proceso —la de Auze S.R.L., por $1.422 millones— fue descartada por la Comisión antes de llegar a la instancia de adjudicación, al advertirse deficiencias en su capacidad económico-financiera. La Comisión fundamentó la decisión en que: "Del análisis del estado de situación patrimonial surge una estructura económica-financiera ajustada y de escasa magnitud relativa frente al monto oficial de la obra licitada. En particular, el activo corriente apenas supera al pasivo corriente, evidenciando una disponibilidad inmediata reducida. Además el patrimonio de la firma resulta exiguo en relación a la envergadura del contrato, lo que constituye una señal objetiva de debilidad patrimonial y limitada capacidad financiera ante posibles exigencias normales de ejecución".
El Artículo 5° del decreto faculta a los secretarios de Obras Públicas y de Economía y Hacienda para que, en forma conjunta, suscriban y ordenen la protocolización ante el Registro Municipal de Ordenanzas, Decretos y Resoluciones del respectivo Contrato de Obra con Antonelli Hnos. S.R.L., paso necesario para dar inicio formal a los trabajos en uno de los paseos históricos más concurridos de la capital tucumana.