
En una decisión que pone freno a años de litigiosidad, la justicia de Tucumán veló por el interés superior de una niña de ocho años, cuyo desarrollo se encontraba seriamente afectado por la constante judicialización de la disputa entre sus progenitores. Tras dos años de interrupción en el contacto físico con su padre, la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil en Familia y Sucesiones del Centro Judicial Capital dispuso retomar la revinculación, pero bajo una condición ineludible: el proceso será progresivo y los padres deberán sanar su relación previa para garantizar un entorno seguro y libre de presiones para la pequeña.
La historia clínica y judicial de la niña es el reflejo de una infancia transcurrida entre despachos y pericias. El conflicto se inició cuando ella apenas tenía dos años, lo que derivó en una niñez "atravesada por audiencias, informes psicológicos y diferentes intervenciones profesionales", según se desprende de la causa. Tras un quiebre en el vínculo paterno-filial en 2020, los intentos de acercamiento en 2022 no lograron consolidarse debido a la hostilidad entre los adultos y la evidente ansiedad que esto generaba en la menor.
Ante una sentencia de primera instancia que ordenaba un contacto inmediato, todas las partes —incluida la figura del Abogado del Niño— apelaron la medida. La Cámara, integrada por la Dra. Ana Josefina Fromm y el Dr. Hugo Felipe Rojas, decidió revocar la inmediatez para dar paso a un abordaje más humano y consciente de los tiempos de la niña.

El fallo es contundente al desplazar la carga del éxito del vínculo de los hombros de la menor hacia sus padres. El comunicado de prensa de la Corte Suprema de Justicia destaca que el tribunal fue enfático al señalar que "el esfuerzo depende de los adultos, no de la niña".
Bajo esta premisa, la Justicia tucumana exhortó a los progenitores a:
Continuar de forma rigurosa con sus tratamientos psicológicos individuales.
Diseñar nuevas estrategias de acercamiento menos invasivas, como mensajes de texto y videollamadas.
Trabajar en conjunto para "quitarle a su hija la carga de tener que sostener el conflicto".
Un fallo basado en los Derechos Humanos
La sentencia se fundamenta en la Convención sobre los Derechos del Niño y la legislación nacional, marcos legales que exigen que el bienestar de los menores prevalezca por sobre cualquier interés o deseo de los adultos. Los magistrados advirtieron que la exposición crónica al sistema judicial resultó "nociva" para la niña, quien necesita estabilidad emocional y seguridad para expresar su voluntad sin miedos.
Con esta resolución, la Justicia busca que el derecho de comunicación no sea un mandato administrativo frío, sino un proceso de construcción afectiva sana, donde la prioridad absoluta sea la integridad de quien, hasta ahora, solo había conocido el lenguaje de los tribunales.