
La Universidad Nacional de Tucumán contraatacó en el terreno judicial. A través de su apoderado, el abogado Jorge Alejandro Chehin, presentó ante el Juzgado Federal N°1 un extenso planteo de nulidad contra la medida cautelar dictada el jueves por la Cámara Federal de Apelaciones, que frenó la candidatura del rector Sergio Pagani, y solicitó su levantamiento inmediato. El escrito, de 14 páginas, construye una batería de argumentos constitucionales y procesales para sostener que el fallo del tribunal de alzada no solo fue jurídicamente incorrecto sino directamente inválido.
El eje central del planteo es que la Cámara dictó una cautelar que excedió con creces el objeto de la acción que tenía para resolver. La demanda de los decanos Miguel Cabrera y Virgnia Abdala era, en sus propios términos, una acción meramente declarativa: buscaba despejar una incertidumbre interpretativa sobre los artículos 17 y 190 del Estatuto universitario. Pero la medida cautelar concedida no se limitó a conservar una situación jurídica: suspendió candidaturas ya oficializadas, alteró el cronograma electoral y desplazó las competencias propias de la Junta Electoral. Para Chehin, eso no es una cautelar conservatoria sino una intervención judicial directa sobre el proceso electoral universitario, que operó en los hechos como una "tutela electoral anticipada" para la que nadie le dio competencia al tribunal.
Uno de los argumentos más técnicos apunta a una irregularidad procesal concreta. La Cámara construyó su razonamiento -legitimación activa de los actores, verosimilitud del derecho, gravedad institucional- sobre la base de que Cabrera y Abdala son candidatos en competencia con Pagani. Pero esa condición fue introducida al expediente como un "hecho nuevo" sin que se corriera traslado a la UNT para que pudiera contestarlo, como exige el artículo 365 del Código Procesal. En otras palabras: el dato que resultó decisivo para que la Cámara cambiara su criterio respecto de primera instancia nunca fue sometido a contradicción. La UNT nunca pudo responderlo.
El escrito también denuncia que la cautelar afecta derechos de una persona que nunca fue citada al proceso: el propio Pagani. La Cámara lo menciona expresamente como destinatario concreto de las consecuencias de la medida, pero él jamás tuvo oportunidad de defenderse. Para Chehin, eso vulnera de manera flagrante el derecho de defensa en juicio y la relatividad subjetiva del proceso.
Otro punto que el abogado de la UNT señala es una discordancia entre lo que pidieron los actores y lo que la Cámara concedió. La demanda original hablaba de quienes hubieran ejercido "más de dos mandatos consecutivos"; la cautelar finalmente dictada alcanza a quienes hayan cumplido "dos mandatos consecutivos".
Chehin cierra con un argumento institucional: la UNT no está en crisis, tiene plena capacidad de autogobierno y puede reorganizar su cronograma electoral por sus propios medios. Lo que no puede -sostiene- es que un tribunal le sustituya esas competencias mediante una cautelar de impacto expansivo. Pidió despacho urgente y tratamiento prioritario, advirtiendo que la demora podría generar consecuencias institucionales de difícil reversión.