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DEMANDA JUDICIAL

Cuatro partidos opositores recurrirán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para evitar una candidatura de Jaldo en Tucumán

Referentes de la Unión Cívica Radical, Fuerza Republicana, CREO y PRO presentarán este lunes una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el artículo 90 de la Constitución de Tucumán. Denuncian que el actual sistema permite perpetuarse en el poder.

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Emiliano Canseco Tendencia de noticias
24 oct, 2026 01:12 p. m. Actualizado: 24 oct, 2026 01:13 p. m. AR
Cuatro partidos opositores recurrirán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para evitar una candidatura de Jaldo en Tucumán

La medida había sido adelantada en una reunión que congregó a diferentes espacios opositores.

Este lunes 26 de octubre, los principales referentes de cuatro partidos opositores de Tucumán formalizarán la presentación de una acción declarativa de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). La medida judicial, encabezada por el espacio Cambia Tucumán de Mariano Campero, tiene como objetivo central impugnar parcialmente el artículo 90 de la Constitución provincial. También se sumarán referentes de Fuerza Republicana, CREO y el PRO.


Según el borrador de la demanda, al que pudo acceder Tendencia de Noticias, el planteo de la oposición se basa en que el mencionado artículo habilita una permanencia personal de cuatro mandatos consecutivos alternando los cargos de vicegobernador y gobernador. En el documento se argumenta que esta situación se agrava con el precedente establecido por la Corte provincial en el caso "Manzur", que, según los demandantes, permitiría reiterar esta sucesión de manera indefinida. Los opositores sostienen que este esquema excede los límites materiales que el orden constitucional federal impone al poder constituyente provincial, vulnerando el principio republicano establecido en el artículo 1 de la Constitución Nacional.


La acción judicial plantea dos problemas fundamentales. En primer lugar, critica la redacción del artículo 90 de la Constitución provincial, que establece: "El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos periodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo". La oposición interpreta que esta norma permite a una misma persona ejercer los dos máximos cargos del Poder Ejecutivo provincial de manera ininterrumpida durante dieciséis años.


En segundo lugar, la demanda cuestiona la interpretación de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán en el fallo "Manzur". Según el escrito, el tribunal local declaró que un gobernador reelecto puede ser candidato a vicegobernador en el siguiente período, lo que, a juicio de los promotores de la presentación, permite reiniciar la secuencia de mandatos y elimina "todo límite temporal definitivo a la permanencia personal en ellos".


Los demandantes solicitan a la CSJN que declare que el artículo 90 no puede aplicarse para habilitar que quien haya ejercido dos períodos consecutivos como vicegobernador y uno como gobernador, ejerza inmediatamente un segundo mandato como gobernador. Además, piden que se establezca que la sucesión recíproca entre ambos cargos no permita reiniciar el cómputo de los períodos, evitando así una permanencia indefinida. 


La acción de la Corte Suprema, en el centro de la presentación


Para sostener los argumentos, la demanda cita tres fallos recientes de la Corte Suprema.  El primero de ellos es el Caso Río Negro. Allí, los jueces supremos determinaron que la alternancia indefinida entre gobernador y vicegobernador es de "difícil consonancia con la pauta republicana",que  exige desalentar la perpetuación en el poder. En el Caso San Juan, el máximo tribunal rechazó que los límites de reelección se computen por separado para gobernador y vice, ya que esto permitiría repetir el ciclo de manera consecutiva e indefinida.  Por último, en el Caso Formosa, la CSJN declaró directamente inconstitucional la cláusula provincial que autorizaba la reelección ilimitada y estableció que la periodicidad de los mandatos exige una limitación temporal efectiva.  


Además, con el fin de habilitar la intervención de la Corte nacional, los demandantes invocan la "Competencia Originaria" del tribunal, establecida en los artículos 116 y 117 de la Constitución. En ese sentido, el escrito argumenta que la provincia es parte demandada y que el conflicto versa sobre una cuestión federal predominante: el alcance de la garantía republicana. Además, el espacio opositor justifica su legitimación activa no como una simple asociación ciudadana, sino amparándose en el artículo 38 de la Carta Magna nacional, que reconoce a los partidos políticos como instituciones fundamentales del sistema democrático con derechos directos sobre las reglas de competencia electoral.  


El contexto electoral de la demanda


En última instancia, la presentación se enmarca en la convocatoria a elecciones provinciales para el 9 de mayo de 2027. El gobernador Osvaldo Jaldo confirmó su candidatura para conducir la provincia por cuatro años más. Sin embargo, distintos sectores de la oposición señalaron que, según sus interpretaciones jurídicas, esto vulneraría los principios republicanos. 


La medida había sido anticipada a inicios de octubre. En aquella ocasión, convocados por el PRO, representantes de distintos partidos políticos se reunieron en el hotel Carlos V. Allí acordaron avanzar con esta presentación judicial que cuestiona la interpretación de la Constitución provincial sobre la permanencia en los cargos de gobernador y vicegobernador.

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